Una reciente sentencia ha establecido la custodia compartida tanto de un menor como de una mascota, marcando un precedente legal en el ámbito de los derechos de los animales y las relaciones familiares. El fallo, dictado por un juzgado de primera instancia en España, contempla que ambos progenitores compartirán el cuidado del hijo y también el de un perro que convivía con la familia. La decisión se basa en el interés superior del menor y en la consideración del animal como un ser sintiente, de acuerdo con la reforma del Código Civil vigente desde 2022. En este caso, el juez valoró el vínculo afectivo entre el niño y el perro, así como la responsabilidad compartida de los adultos sobre el animal.
¿Qué dice la sentencia sobre la custodia compartida?
Desde la entrada en vigor en 2022 de la reforma que reconoce a los animales como seres dotados de sensibilidad, los juzgados tienen un marco legal para tomar decisiones que no solo contemplan bienes materiales. Esta sentencia se apoya en dicha normativa para establecer que el bienestar del animal debe ser tenido en cuenta en casos de separación o divorcio, del mismo modo que se considera el del menor. La reforma del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil permite ahora establecer regímenes de custodia o visitas para mascotas cuando hay desacuerdo entre los convivientes.
En esta resolución concreta, el juez consideró que tanto el menor como el perro habían convivido en un entorno familiar conjunto, desarrollando un vínculo emocional importante. Al igual que con el menor, se acordó que el perro permanecerá con cada progenitor durante los mismos periodos establecidos para el hijo, permitiendo así mantener la estabilidad emocional del niño y garantizar el bienestar del animal. Esta equiparación en el régimen de custodia tiene como objetivo minimizar el impacto emocional de la ruptura familiar, tanto en el menor como en la mascota.
¿Qué criterios se han valorado?
Este tipo de sentencias están marcando una línea jurisprudencial que podría influir en decisiones similares en otros juzgados. Aunque no sientan jurisprudencia vinculante al tratarse de juzgados de primera instancia, sí evidencian una tendencia judicial que reconoce el papel emocional de los animales en las familias. Los jueces valoran aspectos como la dedicación previa al cuidado del animal, el apego entre el animal y los miembros de la familia, y las condiciones de cada hogar para asumir la tenencia responsable.
En el caso resuelto, el juez también recordó que el acuerdo podrá revisarse en el futuro si cambian las circunstancias. Esto permite adaptar el régimen de custodia a nuevas necesidades del menor, del perro o de los progenitores. Para conocer más sentencias curiosas, pero de interés, accede a nuestra sección de actualidad.