La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha ratificado el despido de un conductor de una empresa de transportes que se encontraba de baja por depresión/ansiedad cuando fue observado celebrando la final de la Eurocopa con gestos de euforia, a partir de la prueba obtenida por un detective privado.
El tribunal desestima el recurso de suplicación interpuesto por el trabajador y da por buenos los hechos probados, confirmando la decisión de la empresa y la sentencia dictada en primera instancia por el Juzgado de lo Social nº 1 de Cartagena (sentencia 282/2013, de 3 de julio, proceso 626/2012). La medida disciplinaria queda así definitivamente validada.
El TSJ de Murcia confirma el despido del conductor en baja médica por ansiedad
El empleado prestaba servicios como conductor desde 2007 en una compañía de transportes. En junio de 2012 inició una situación de incapacidad temporal por “crisis de ansiedad”, que motivó su baja médica y su ausencia del puesto de trabajo.
El conflicto surgió cuando, durante esa situación de IT, la empresa tuvo conocimiento de determinadas actividades del trabajador aparentemente incompatibles con el cuadro clínico alegado. Dichas actuaciones fueron documentadas mediante una investigación privada, que acabaría siendo determinante en el proceso judicial.
En julio de 2012, un detective privado siguió al trabajador y lo observó desplazarse en coche junto a su hijo hasta el Puerto de Cartagena. Allí permaneció con amigos en una feria gastronómica, donde consumió bebidas alcohólicas mientras “conversaba y reía continuamente”, de acuerdo con la resolución.
Ese mismo día, el investigador constató que el conductor presenció la final de la Eurocopa vistiendo la camiseta de España y con el rostro pintado con los colores de la bandera. Durante el encuentro mostró repetidos signos de júbilo, con saltos, brazos en alto y alzando en volandas a su hijo, escenas que el tribunal considera relevantes para valorar la coherencia de la baja por depresión/ansiedad.
Los argumentos del fallo judicial del TSJ Murcia sobre la confianza empresarial
La Sala de lo Social valida expresamente la prueba de investigación privada y concluye que la conducta del trabajador resulta incompatible con el cuadro de incapacidad temporal declarado. En este sentido, entiende que las actividades descritas no solo contradicen el diagnóstico, sino que suponen una quiebra de la confianza depositada por la empresa.
Al desestimar el recurso, el TSJ mantiene la decisión extintiva adoptada en instancia y descarta que exista una vulneración de derechos vinculada a la enfermedad. El tribunal subraya que la causa del cese se apoya en los hechos observados y en su contradicción con la situación de baja médica, y no en la mera existencia de un problema de salud. Esta, y otras muchas sentencias laborales, se publican diariamente en nuestra sección de empleo.








