Un vuelo de Ryanair entre Dublín y Berlín acabó en Hannover porque el aeropuerto berlinés ya estaba cerrado por un toque de queda vigente en 2022. La compañía no trasladó a los pasajeros hasta Berlín, y el afectado tuvo que pasar la noche en Hannover para, al día siguiente, llegar en tren. Resultado: llegó a su destino con muchas horas de retraso. Un juzgado de Madrid le ha dado la razón y condena a Ryanair a pagar 364,99 € (250 € de compensación más hotel y tren). Y lo clave: aunque hubo una circunstancia de fuerza mayor, la mala operativa de la aerolínea fue determinante.
¿Por qué Ryanair tiene que pagar 364,99 € aunque hubiera fuerza mayor?
La jueza ha dejado claro que el desvío se vinculó a una causa de fuerza mayor (restricciones de tráfico aéreo impuestas por EUROCONTROL, la entidad que dicta este tipo de limitaciones), pero el retraso al despegar (72 minutos) sí fue atribuible a la propia operativa de la compañía durante el día. Por tanto, no llegó antes de la hora de cierre del aeropuerto de Berlín y el problema se desencadenó.
La sentencia 191/2025, del Juzgado de Primera Instancia Nº 9 de Arganda del Rey (Madrid), explica que el vuelo salió de Dublín con apenas una hora de retraso. Ese margen, sin embargo, hizo que al llegar a Alemania el aeropuerto de Berlín ya estuviera cerrado por el toque de queda vigente en 2022, obligando al piloto a desviarse a Hannover.
Una vez allí, Ryanair no se hizo cargo del transporte a Berlín. El pasajero, defendido por reclamador.es, tuvo que pasar la noche en Hannover y viajar en tren al día siguiente, llegando a su destino con muchas horas de retraso. La jueza concluye que, aunque el desvío responda a fuerza mayor, la causa real de la llegada tardía fue la ineficiente operativa de la aerolínea durante esa jornada.
El Reglamento Europeo 261/2004 prevé compensación cuando la llegada se retrasa más de 3 horas, siempre que la demora no se deba a una causa extraordinaria o ajena a la aerolínea (lo que se conoce como fuerza mayor). En este caso, con las pruebas aportadas por reclamador.es, la jueza entendió que el retraso de 72 minutos en el despegue venía de demoras previas y que, de haber salido puntual, el avión habría aterrizado en Berlín antes del cierre.
¿Cómo reclamar gastos y compensación si te desvían a otro aeropuerto?
Cuando te cambian el aterrizaje sobre la marcha, lo primero es distinguir entre fuerza mayor (causa extraordinaria ajena a la compañía) y fallos de operativa de la aerolínea. Además, conviene verificar si la llegada se produjo con más de 3 horas de retraso, porque ahí puede activarse la compensación económica prevista en la normativa.
Si te ves en una situación similar (desvío a otra ciudad, noche inesperada y llegada al día siguiente), no des el caso por perdido. Este fallo muestra que el cierre del aeropuerto puede ser fuerza mayor, sí, pero no sirve de escudo si la aerolínea te hace despegar tarde sin una justificación extraordinaria. Conoce otras sentencias de interés común, accediendo a nuestra sección de actualidad.