El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco reconoce al trabajador una pensión de 3.126,83 euros y obliga a abonar casi tres años de atrasos tras la negativa inicial del Instituto Nacional de Seguridad Social.
Un hombre de 60 años ha conseguido que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) le reconozca el derecho a una pensión de jubilación anticipada de 3.126,83 euros mensuales y el pago retroactivo de 113.000 euros, después de que la Seguridad Social le denegara esa cuantía a pesar de su discapacidad.
Las claves del conflicto entre el trabajador de 60 años y la Seguridad Social por la jubilación anticipada con discapacidad
El caso arranca en 2020, cuando el trabajador solicita la jubilación anticipada al amparo del Real Decreto 1851/2009. Alegaba sufrir poliomielitis desde la infancia y contar con un grado de discapacidad del 46%, circunstancias que, a su juicio, le daban derecho a acceder antes a la jubilación con una pensión completa.
Sin embargo, el Instituto Nacional de Seguridad Social no aceptó sus argumentos. El organismo consideró que el afectado no alcanzaba los 12,775 días requeridos, a pesar de acreditar 33 años cotizados. Además, concluyó que no cumplía los requisitos necesarios para aplicar el llamado cociente reductor por discapacidad, que permite adelantar la edad de retiro en determinados supuestos.
La Seguridad Social también defendió que el aumento del grado de discapacidad reconocido en 2013 no podía aplicarse con carácter retroactivo. Argumentó que dicho incremento no se debía a las secuelas de la poliomielitis, sino a nuevas patologías, por lo que no debía computarse a efectos de la jubilación anticipada solicitada.
El TSJPV corrige el criterio de la Seguridad Social y ordena calcular la jubilación al 100% de la base reguladora
Tras la negativa administrativa, el trabajador acudió al Juzgado de lo Social nº 1 de Donostia-San Sebastián para reclamar la jubilación anticipada en las condiciones solicitadas. Aunque el INSS recurrió la primera resolución, el asunto terminó llegando al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
El TSJPV confirmó que las secuelas de la poliomielitis situaban la discapacidad del afectado por encima del 45%, en línea con lo previsto en el Real Decreto 1851/2009. A partir de este reconocimiento, el tribunal concluyó que la jubilación debía calcularse al 100% de la base reguladora, es decir, sin recortes sobre la pensión que le correspondía por sus cotizaciones.
Además, el tribunal determinó que el pago de la pensión debía tener efectos retroactivos desde la fecha de la primera solicitud presentada por el trabajador. Esta decisión supone que la cantidad a abonar aumente en 113.000 euros, correspondientes a casi tres años de atrasos hasta la resolución definitiva del caso.
El pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco supone un respaldo importante para los trabajadores con discapacidad que solicitan la jubilación anticipada y ven rechazadas sus peticiones por parte de la Seguridad Social. El tribunal da relevancia a las secuelas de larga duración, como las derivadas de la poliomielitis, a la hora de determinar si se supera el umbral del 45% de discapacidad. Puedes entrar en nuestra sección de prestaciones para conocer otras sentencias de juicios por invalidez.








