Un asesor del SEPE explica por qué no puedes pedir el paro mientras te queden vacaciones retribuidas

Fecha de publicación: 15 de noviembre de 2025 a las 09:04
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Asesor del SEPE explica pormenores del paro

Quienes tienen vacaciones retribuidas sin disfrutar deben esperar a que finalice ese periodo; después comienza el plazo de 15 días hábiles para pedir la prestación.

La solicitud de la prestación por desempleo es crucial para quienes se quedan sin trabajo y dependen de estos ingresos. Pero, ¿qué pasa si quedan vacaciones retribuidas pendientes en el finiquito? Un asesor de la subdirección de Prestaciones del SEPE, Fernando Maján, aclaró en el programa ‘Madrid Trabaja’ de Telemadrid que hay que respetar los tiempos para evitar una denegación.

Quién puede pedir el paro cuando tiene vacaciones retribuidas pendientes y qué plazo aplica

Los trabajadores con derecho a prestación que reciben en su finiquito días de vacaciones retribuidas no disfrutadas deben esperar a que ese periodo se consuma. En palabras de Maján: «En este caso, lo que tendrás que hacer es que tu solicitud de prestación por desempleo tendrás que presentarla una vez transcurrido este periodo de vacaciones no disfrutadas».

¿Y si se adelantan y la presentan antes? El SEPE considera esos días como periodo trabajado. En consecuencia, la persona no está en “situación legal de desempleo” y la solicitud tendría que ser denegada. Por lo tanto, primero se agotan las vacaciones pagadas; después, se pide el paro.

El asesor indica que cuando la empresa paga vacaciones retribuidas no disfrutadas, el plazo de 15 días hábiles para solicitar la prestación empieza una vez finalizado o consumido ese periodo. Dicho de otro modo: antes de que terminen esos días, no procede pedir el paro. Sencillo, pero hay que estar atento.

Si la prestación fue denegada por haberse solicitado durante ese periodo, la persona deberá pedirla después, cuando haya transcurrido el tiempo de vacaciones pagadas. Así se evita el tropiezo.

Cómo presentar la solicitud ante el SEPE por internet o presencial de forma correcta

Llegado el momento (finalizadas las vacaciones pagadas), la prestación puede pedirse por dos vías principales:

  • Rellenando el formulario de pre-solicitud de prestaciones, disponible en este enlace de la página web del SEPE.
  • De forma presencial en una oficina del SEPE siempre que se pida cita previa (así puede pedirla).

Conviene recordar que el trámite solo debe iniciarse cuando se haya consumido el periodo de vacaciones retribuidas no disfrutadas. Si se hace antes, el SEPE lo toma como tiempo trabajado y no como desempleo legal. Entra en nuestra sección de trámites para conocer otras gestiones en materia de ayudas.

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