La Agencia Tributaria (AEAT) cuenta con un sistema de avisos, por el que es posible que los contribuyentes reciban un mensaje en el móvil o también en el correo electrónico. De esta forma, es posible conocer si existe alguna notificación proveniente de Hacienda, con el que tendrás más tiempo en caso de ser una carta de pago, por ejemplo. Además, esta suscripción es voluntaria y pueden tener acceso cualquier persona contribuyente.
Los avisos de este sistema de la AEAT tiene ventajas: datos a tener en cuenta
Hay que tener en cuenta, que este sistema de avisos de la Agencia Tributaria, no equivale, en ningún caso, a la notificación. Esto quiere decir que solo tiene carácter genérico, y se indicará la siguiente información en el SMS o email: “La Agencia Tributaria ha emitido una notificación dirigida al NIF XXX”.
Desde el propio blog de TikTok de la AEAT, se explica que “si tienes una notificación por SMS o email y no la abres en 10 días naturales, se entenderá como abierta y el plazo para atender a esa notificación empezará a contar desde ese día. Sin embargo, en el caso de ser por correo ordinario, el plazo empieza desde que se recibe la carta. Ahora bien, si por algún motivo, no la puedes recibir o se queda en Correos, se publicará en el BOE y se entenderá como entregada, cosa que por norma general nadie mira”.
No obstante, se recomienda visitar siempre los buzones una vez cada diez días, puesto que puede existir problemas técnicos y no recibir notificaciones, con este sistema de avisos de Hacienda. En este sentido, la falta de tal aviso, no invalida la notificación y, por tanto, no se impide que la misma, se lleve a cabo y produzca su efecto.
Esto es de vital importancia, sobre todo en individuos obligados a recibir notificaciones electrónicas, que deberá acceder a ella, en el plazo de 10 días o en su defecto, se entenderá como producida.
Cómo realizar la suscripción a este sistema de avisos de la Agencia Tributaria
Las personas físicas con carácter general, no están obligadas a que se les envíen notificaciones electrónicas, pero pueden suscribirse desde la Sede Electrónica de la AEAT. En este aspecto, es necesario contar con un n.º de móvil o email, donde recibirán los avisos de la Agencia Tributaria. Para acceder a este sistema de aviso de la AEAT, se necesita Cl@ve PIN, certificado electrónico, DNIe o número de referencia RENØ.
Muy importante saber que una vez accedas desde la Sede Electrónica, antes de recibirla en papel en el domicilio, se entenderá por notificada. En el caso de personas jurídicas, se hará desde la DEH (previo comunicado del correo electrónico).
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