Seguramente hayas escuchado hablar sobre la “ayuda familiar” de 480 euros, una prestación que se conoce con dicho nombre coloquialmente. De hecho, es un subsidio que se reconoce a los parados que tienen responsabilidades familiares, sin rentas y con el paro agotado. También para aquellos que han cotizado 3 meses, pero no han llegado al año para recibir dicha prestación por desempleo. Por tanto se puede decir que realmente son 2 subsidios: una, la ayuda familiar que se puede cobrar inmediatamente al terminar de cobrar el paro normal y otra, por no llegar a los 360 días cotizados o tener más de 90 días y responsabilidades familiares. En esta noticia explicamos con más detalle estos subsidios, requisitos y cómo solicitarla.
Ayuda familiar por agotamiento o finalización del paro
Esta prestación se conoce de esta manera cuando hablamos popularmente entre los ciudadanos pero técnicamente, se denomina “subsidio por agotamiento de la prestación contributiva con cargas familiares”. Para poder solicitar dicha ayuda, se debe cumplir una serie de requisitos:
- Finalizar el paro o prestación contributiva por desempleo.
- Ser desempleado e inscrito como demandante mínimo un mes desde que se agotó el paro.
- Contar con responsabilidad familiares como hijos menores de 26 años o con discapacidad o incluyo el cónyuge, si depende económicamente del trabajador conviviente.
- No tener rentas por encima del 75% del SMI o lo que es lo mismo, que no superen los 810 € al mes.
Por tanto, para pedir dicha ayuda familiar es necesario hacerlo durante los 15 días hábiles desde que termina el mes de espera. Por tanto, la cuantía de dicha prestación es de 480 euros al mes y tiene una duración de 18 meses. Existen unas excepciones para desempleados menores y mayores de 45 años que haya terminado el paro, que pueden llegar a 24 meses y hasta 30 meses de duración.
Ayuda familiar por no llegar a los 360 días o por insuficiencia de cotización
En este caso, hacemos referencia a las personas que no han podido cobrar la prestación contributiva por desempleo (paro) por no llegar al año. Para dichos ciudadanos, existe un subsidio por insuficiencia por cotización o por pérdida de empleo. En este caso, se tendrá en cuenta la situación familiar. Los meses de duración que vas a estar recibiendo dicho subsidio, depende de los meses cotizados. Por ello, vamos a mostrar una pequeña lista indicando el tiempo a cobrar la ayuda, según el periodo de cotización:
- Los que tienen cargas familiares y han cotizado 3,4 o 5 meses pueden cobrar los mismos meses, 480 euros mensuales.
- Si se ha cotizado más de 6, pero menos de 12, se cobran 6 meses si no se tienen responsabilidades y hasta 21 meses si tienen cargas.
- En caso de haber trabajado más de 12 meses, puedes acceder al paro o prestación contributiva.
Cabe recordar que para solicitar esta ayuda familiar de 480 euros, no se pueden superar los 810 de renta mensual, es decir que tenga carencia de rentas. Además, el Estado paga en función de las horas trabajas, esto significa que si has trabajado a media jornada, vas a cobrar el 50%, es decir 240 € al mes.
Quiero solicitar esta ayuda
Actualmente, lo ideal es solicitar dicho trámite desde Internet, dado que existen grandes colas, aforos limitados y donde pedir cita previa, es un demandar. Por tanto, lo ideal es acceder a dicha solicitud es de las siguientes maneras:
- Certificado digital, DNI o Cl@ve: esta es la manera más rápida de hacer trámites y sin acudir a las oficinas.
- Nuevo formulario pre solicitud: con este servicio se puede acceder a la solicitud de subsidio en caso de no tener certificados digitales.
- Solicitud presencial en las oficinas de empleo con cita previa.
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