SEPE avisa | Si eres mayor de 45 años puedes pedir los siguientes subsidios

Fecha de publicación: 13 de marzo de 2023 a las 12:57
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subsidio mayores 45

Para poder solicitar los subsidios es necesario no superar más de 75% de Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y haber agotado el paro.

Antes de comenzar con las descripciones generales sobre los distintos tipos de ayudas, debes tener en cuenta la siguiente información común a todas ellas. Si has agotado la prestación por desempleo, sigues dado de alta como demandante de empleo y eres mayor de 45 años tienes varias opciones de subsidios. En total son 5 los tipos prestaciones por desempleo que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Uno de los requisitos para poder acceder a estos subsidios es no sobrepasar los 810 € mensuales en este año 2023, correspondiente al 75% del SMI (1.080 € al mes). Otro dato a tener en cuenta, es que la cantidad de estas ayudas corresponde al 80% del IPREM, siendo actualmente de 480 euros al mes.

Cuáles son los tipos de ayuda o subsidios que se pueden solicitar si tienes más de 45 años

Los subsidios que se pueden pedir siendo mayor de 45 años son cinco, los cuales mostramos a continuación y donde hacemos una pequeña descripción de los mismos. Recuerda tener en cuenta los datos que hemos indicado al inicio de esta noticia.

Ayuda familiar o subsidio por desempleo

En este caso, el subsidio va dirigido a las personas desempleadas de larga duración y con cargas familiares. La duración de dicha ayuda es de 6 meses que pueden ser prorrogables otros 24 o 30 meses, según el paro gastado y la edad del solicitante. Además, deben de haber consumido un paro de más de 4 meses para poder realizar dicha petición. Los requisitos deben ser cumplidos en el momento del hecho causante y si no se cumple, existe un plazo de un año para acreditarlos.

Subsidio para mayores de 45 años

Como indica el nombre, tienes que superar los 45 años de edad para poder solicitarlo y donde no es necesario contar con cargas familiares. El tiempo de este subsidio es de 6 meses no prorrogables. Por tanto, una vez hayas agotado dicho tiempo, puedes solicitar otras ayudas extraordinarias a las que tienes derecho por desempleo.

Subsidio para mayores de 52 años

Para poder solicitar dicha ayuda debes contar con los requisitos necesarios de acceso a la pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social. Además, se recibe de manera permanente y cotiza para la pensión (es contributiva). Hay que tener en cuenta que para su mantenimiento es obligatorio presentar todos los años a través de la declaración de la renta. Un detalle a tener en cuenta, es que las personas fijas-discontinuas no tiene acceso siempre y cuando la fecha de hecho causante sea previa al 2 de marzo de 2022.

Renta Activa de Inserción (RAI)

Si continúas en paro, eres menor de 65 años y no cuentas con el derecho a una prestación contributiva, tienes la posibilidad de pedir el RAI. La duración de esta ayuda tiene una duración máxima de 11 meses y es necesario haber agotado el subsidio o la prestación contributiva. El cobro de la Renta Activa de Inserción se hace efectiva desde el día siguiente a su solicitud. Uno de los requisitos para este caso, es la justificación de dicha solicitud con 3 acciones de búsqueda activa de empleo (BAE).

Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED)

Esta es la última de las ayudas a la que se puede tener acceso y cuya duración es de 6 meses no prorrogables. De hecho, si se ha solicitado dicho subsidio y se agota, ya no no se podrá pedir ningún trámite más al Servicio Público de Empleo Estatal. En este caso, no es necesario tener un tiempo determinado de ocupación cotizado.

Para conocer al 100%  todos estas ayudas, puedes acceder a fuente oficial del SEPE donde hemos extraído esta información. Así puedes consultar de forma más detallada los requisitos, duración, cuantía, documentación necesaria y dónde y cómo solicitarlo. Si deseas conocer más prestaciones relacionadas no dudes en consultar nuestro apartado dedicado a ello.

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