El regulador establece el nuevo techo técnico aplicable a planes de pensiones con garantía en euros, clave para el diseño y los cálculos actuariales en 2026.
La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones ha fijado en el 3,25% anual el tipo de interés máximo aplicable en 2026 a ciertos planes de pensiones. La medida incide en planes de prestación definida con interés mínimo garantizado en euros y, al fin y al cabo, condiciona el diseño técnico de estos productos.
Qué significa el nuevo interés máximo técnico del 3,25% para los planes de pensiones
La cifra del 3,25% no es una “rentabilidad garantizada” para todos los planes de pensiones ni un rendimiento obligatorio para las entidades. Es un techo técnico usado en los cálculos financiero‑actuariales de productos con prestación definida o interés mínimo garantizado.
En este contexto, el tipo máximo sirve de referencia para valorar compromisos a largo plazo con los destinatarios. Un límite muy por encima de los tipos de mercado permitiría hipótesis de interés demasiado optimistas; uno demasiado bajo reduciría el margen para ofrecer garantías competitivas. A modo de síntesis, los rasgos del nuevo límite se recogen en la siguiente tabla:
| Elemento | Detalle |
|---|---|
| Naturaleza | Límite técnico de interés; no rentabilidad garantizada |
| Ámbito | Planes de prestación definida o con interés mínimo en euros |
| Tipo máximo 2026 | 3,25% anual en cálculos técnico‑actuariales de estos productos |
La normativa de planes y fondos vincula el tipo máximo a la deuda del Estado: se toma el 100% del tipo medio de los bonos y obligaciones del último trimestre del año previo, en este caso el final de 2025.
Por lo tanto, este enfoque conecta el límite con el coste de financiación soberana y busca un equilibrio entre prudencia y realismo. Si la rentabilidad de la deuda pública sube, aumenta el margen para las garantías; si baja, se reduce el margen para ofrecer intereses mínimos.
Consecuencias para entidades, planes con garantía y decisiones de los partícipes ahorradores
El nuevo interés máximo del 3,25% se traduce en ajustes para entidades gestoras, comisiones de control y personas que ahorran a través de planes con garantía. Sus efectos pueden agruparse en varios frentes:
- Para entidades gestoras y aseguradoras, marca el interés máximo utilizable en las hipótesis técnicas de productos garantizados.
- Para las comisiones de control, aporta una referencia oficial para valorar si las garantías encajan con el entorno de tipos y la normativa.
- Para partícipes y beneficiarios, ofrece un marco para interpretar la documentación del plan y el alcance real de las garantías.
Sin que suponga asesoramiento individual, es útil que quienes tengan un plan de pensiones se planteen tres preguntas básicas:
- ¿Mi plan es de prestación definida o de aportación?
- ¿Incluye alguna garantía explícita de interés mínimo en la capitalización de las aportaciones?
- ¿Cómo se describe esa garantía en el reglamento del plan y en la información periódica que recibo?
Así, el 3,25% fijado para 2026 se consolida como referencia técnica ligada al cálculo de compromisos y garantías, más que a una promesa directa de rendimiento. Accede a nuestra sección de actualidad para conocer otras noticias económicas de alcance.








