¿Eres una persona inmigrante de la Comunidad de Madrid? Desde nuestra plataforma, te ayudamos a que puedas tramitar la residencia temporal por circunstancias excepcionales, que se puede conceder a los “ciudadanos extranjeros que se hallen en España durante un periodo mínimo de tres años y cuenten con contrato o contratos de trabajo y, o bien tengan vínculos familiares en España o estén integrados socialmente”. Esta medida viene amparada por el marco legislativo que le otorgan la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, y el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, en ambas queda regulada la integración social de los extranjeros en España y, así mismo, quedan recogidos sus derechos y libertades.
¿Cuáles son los requisitos necesarios para solicitar la residencia temporal de arraigo social para inmigrantes?
A continuación, desde Madridinforma, te vamos a explicar qué requisitos necesitas reunir si quieres solicitar la residencia temporal de arraigo social para inmigrantes. Según recoge el Portal de Inmigración del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, del Gobierno de España, es necesario que cumplas esta serie de condiciones para poder realizar este trámite. Te las enumeramos a continuación:
- No ser ciudadano de la Unión Europea, ni del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
- No tener antecedentes penales.
- No tener prohibida la entrada en España.
- No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.
- Haber permanecido en España de forma continuada durante 3 años. (Las ausencias, si las hubiera, no pueden haber superado los 120 días).
- Tener vínculos familiares con otros extranjeros residentes, para ello hay que presentar un informe que acredite su integración social emitido por la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento en donde tenga el domicilio habitual.
- Tener un contrato de trabajo en vigor que garantice al menos el salario mínimo interprofesional establecido o ser trabajador autónomo.
Deberás acreditar mediante la documentación correspondiente, emitida por el órgano competente, cada una de las situaciones anteriores. Cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o en la lengua cooficial del territorio donde vayas a presentar la solicitud. Así mismo, no es necesario que cuentes con un contrato de trabajo si acreditas que cuentas con medios económicos suficientes que supongan la cuantía total del Ingreso Mínimo Vital con carácter anual.
¿Cómo puedo realizar este trámite?
Para solicitar la residencia temporal de arraigo social para inmigrantes, en el momento de la solicitud debes entregar el modelo oficial EX-10, debidamente cumplimentado y por duplicado, junto al TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero), en caso de que no la tengas, necesitas cumplimentar el modelo EX-17 para solicitarla. También deberás aportar toda la documentación exigida especificada en el enlace del apartado anterior y que justifique tu situación personal, junto a una tasa que tendrás que abonar en el plazo de diez días hábiles desde que se admite el trámite, según el Modelo 790 código 052, epígrafe 2.5 “autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales”. Estas son las vías de presentación:
- De forma presencial: Oficina de Extranjería, Jefatura Superior o Comisaría de Policía de la localidad donde se encuentre. Información de la dirección, teléfonos y horarios de atención al público.
- Electrónicamente, a través de la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial.
Por otra parte, te informamos que el plazo de la resolución de la solicitud por arraigo social de inmigrantes es de 3 meses contados a partir de la fecha de entrada en el registro de la oficina tramitadora. Si transcurre ese plazo y la Administración no realiza ninguna notificación, se entenderá que está desestimada por silencio administrativo. En caso de que la autorización se conceda, tendrá una vigencia de un año.
Esperamos que toda esta información te haya sido de ayuda. Recuerda que a través de nuestra plataforma Madridinforma, puedes consultar otros trámites y prestaciones. Además, tienes la oportunidad de consultar ofertas de empleo, así como información de interés especialmente dirigida a los ciudadanos de la Comunidad de Madrid. No olvides compartir esta noticia con aquellas personas a las que consideres les pueda venir bien recibir esta información.