En 2022, con motivo del conflicto bélico en Ucrania y su consecuente subida generalizada de precios y de recursos energéticos en particular, se aprobaron mediante el Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre varias medidas para el refuerzo de la protección de los consumidores de energía más vulnerables. Como su artículo 10 detalla, existen ciertos requerimientos para la adquisición del bono social de electricidad para aquellos hogares de trabajadores con bajos ingresos, especialmente afectados por la crisis energética.
En un principio, este bono social se extendía hasta el 31 de diciembre de 2023, sin embargo, debido a los conflictos en Oriente Medio y la guerra en Gaza, el plazo se ha ido extendiendo y en junio de este año se aprobaba el Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio para la prórroga de estas ayudas. Según su artículo 20, estas medidas se extenderán hasta el 30 de junio de 2025.
Descuentos del bono social por plazos
Los descuentos establecidos para este año se han hecho por períodos de tiempo. Entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2024 el descuento ha sido del 65% para consumidores vulnerables y del 80 para vulnerables severos. Entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2024 están siendo del 57,7% para el consumidor vulnerable y del 72,5% para el vulnerable severo. Del 1 de enero al 31 de marzo de 2025, será del 50% para los consumidores vulnerables y del 65% para los vulnerables severos. Y, por último, del 1 de abril al 30 de junio de 2025, los descuentos serán de 42,5% para el vulnerable y del 57,7 para el vulnerable severo.
La ley deferencia entre consumidor vulnerable y consumidor vulnerable severo. El primero sería aquel hogar en que la renta anual conjunta sea igual o inferior a 2 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), entre otros requisitos. Y el consumidor vulnerable severo sería aquel que su renta anual sea inferior o igual al 50% de los umbrales establecidos para ser considerados vulnerables. Además, si este último también está siendo atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local, será considerado consumidor en riesgo de exclusión social y no se le podrá interrumpir el servicio.
Cómo solicitar el bono social
Para acogerse a este bono social se debe cumplir con el requisito de ser declarado vulnerable o vulnerable severo. Y para la concesión de este bono se debe rellenar una solicitud y entregarla, junto con el resto de documentación acreditativa, a la comercializadora de referencia a la que solicite el descuento. Se puede hacer por teléfono, fax, dirección de correo electrónico, a través de la página web o en sus oficinas.
La documentación acreditativa constará de la fotocopia del DNI, certificado de empadronamiento, libro de familia, copia del título de familia numerosa en vigor y, en caso de que aplique, el certificado o documento acreditativo expedido por los servicios sociales que acredite alguna discapacidad reconocida. En caso de tener concedido el bono social antes del 31 de marzo de 2022, hay que renovarlo y presentar de nuevo toda la documentación. Si quieres mantenerte informado/a sobre más noticias como esta, visita nuestra sección de prestaciones.