El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un tributo que se aplica cuando una persona recibe bienes o derechos de otra por herencia o donación. Una medida bastante cuestionable y que ha sido la comidilla de muchos debates Sin embargo, en 2024, tres comunidades autónomas en España han introducido medidas que eximen de pagar este impuesto para herencias que no superen los 400.000 euros. Desde hace bastante tiempo está sobre la mesa la opción de quitar el pago de este, ya que en su momento el legador ya había pagado los impuestos correspondientes.
¿Dónde no se paga el impuesto de sucesiones?
En La Rioja, la bonificación del 99% para herencias entre familiares directos elimina prácticamente el pago si la herencia no supera los 400.000 euros. Esta medida busca aliviar la carga fiscal sobre las familias y simplificar el proceso de sucesión. De manera similar, en Galicia, se ha aprobado una reducción de 400.000 euros para herederos del Grupo II (descendientes mayores de 21 años, cónyuges, ascendientes y adoptantes), además de una reducción de 300.000 euros para personas discapacitadas de los Grupos III y IV.
El País Vasco también ha adoptado una política similar, eximiendo del impuesto a las herencias inferiores a 400.000 euros cuando el parentesco es entre descendientes, ascendientes, cónyuges o parejas de hecho. Para herencias que superen esta cantidad, se aplica un tipo impositivo del 1.5%, manteniendo así una carga fiscal baja en comparación con otras regiones de España.
En otras comunidades autónomas, aunque no se elimina completamente el impuesto, se han implementado reducciones significativas. Por ejemplo, en Madrid y Murcia, el impuesto de sucesiones se ha reducido notablemente, mientras que en Aragón, las herencias de hasta 100.000 euros tienen una reducción del 65%, y las de hasta 3 millones de euros están completamente exentas. En la Comunidad Valenciana, Castilla y León, y Canarias, el impuesto casi no se paga debido a una reducción del 99% para padres, hijos y cónyuges.
Que pasa si no pago el impuesto
Lo primero que queremos mencionar es el plazo para pagar este impuesto, que es de 6 meses desde la muerte de la persona que lega su herencia. Si el sucesor no satisface la responsabilidad de abonar los tributos correspondientes a la sucesión, pueden desencadenarse una serie de repercusiones tanto jurídicas como económicas:
- Penalizaciones tributarias: estas pueden conllevar el cobro de intereses moratorios sobre la suma adeudada (especialmente aplicable al impuesto de sucesiones).
- Incautación de bienes: en situación de falta de pago, la Agencia Tributaria posee la capacidad de retener los bienes de la sucesión para cobrar los tributos pendientes.
- Suspensión de prerrogativas: el sucesor que incumpla con el pago de los tributos podría verse privado de ciertas facultades sobre la herencia, como la capacidad de gestionar los bienes o ejercer ciertos derechos de propiedad.
- Medidas judiciales: la Administración podría iniciar medidas judiciales para exigir el pago.
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