Una vez terminadas las votaciones autonómicas y municipales llega el momento de las elecciones generales el próximo 23 de julio en plena época de vacaciones de verano. Ahora bien ¿qué ocurre si tengo mis vacaciones programadas y me eligen para acudir a la mesa electoral? Lo cierto es que la fecha de las elecciones generales caen en una fecha muy solicitada para las vacaciones de trabajadores (30% de la población) y pueden echar a perder tus días de descanso y disfrute. Por este motivo, son muchas las personas que se hacen la siguiente pregunta: ¿Si tengo los billetes, alojamiento u otras cosas pagadas, puede ser un justificante para no ir a la mesa electoral el domingo 23 de julio? En esta noticia te sacamos de dudas.
Si me eligen para la mesa electoral ¿puedo faltar por motivos de vacaciones en el trabajo?
Si te preguntas si tener ya compradas o pagadas las vacaciones es motivo de excusa para faltar a la mesa electoral, según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), la respuesta es no. La única cosa positiva que puedes sacar de tener listas tus vacaciones y no poder disfrutarlas es que te devuelven el dinero, tengas o no un seguro contratado. De hecho, participar en las elecciones generales como miembro de la mesa electoral es una causa de “fuerza mayor” y por tanto no es necesario siquiera dicho seguro.
Además, según la portavoz de la OCU, Iliana Izverniceanu, el tener contratadas o abonadas las vacaciones puede ser causa para la recuperación del dinero. Ahora bien, es cierto que si los motivos de dichas vacaciones no tiene relación con el elenco de causas justificadas recogidas en el BOE (Ley Electoral), es muy posible que no salga adelante la alegación.
Cuándo sé si me eligen para trabajar en las elecciones generales
Como en cualquiera de las elecciones, los sorteos para presentarse como presidente, vocales o suplentes se realizan un mes antes, entre el vigésimo quinto y vigésimo noveno día después de la convocatoria. No obstante, el ser miembro de una mesa electoral es obligatorio pero los elegidos cuentan con 7 días para justificar ante la Junta Electoral de Zona la causa que impida aceptar dicho cargo para el 23 de julio de las elecciones generales. En este sentido, existe una serie de situaciones justificadas que puedes alegar para no acudir a la mesa electoral.
Ahora bien, el tema de tener vacaciones pagadas o alojamiento en este mes de julio no aparece en la lista de situaciones legales. Aún así, si deseas alegar dicha circunstancia antes la Junta Electoral de Zona, puedes hacerlo pero, será el mismo órgano el que decida y seguramente no avance en tu solicitud. De todas formas, ten preparado toda la documentación necesaria para acreditar las causas del porqué no puedes ir el 23 de julio a dicha mesa electoral de las elecciones generales.
Qué ocurre si no me presento a la mesa electoral
Si no cumples con ninguna de las situaciones para poder alegar la falta a la mesa electoral y aún así, no acudes, puedes tener grandes consecuencias. De hecho, conlleva una pena de prisión de 3 meses a un 1 año o una sanción administrativa de 6 a 24 meses y económica según dictamine el juez.
¿Te queda claro qué ocurre si eres llamado para trabajar en las elecciones generales y tienes listas tus vacaciones en la misma fecha? Para más temas novedosos, no dudes en seguir conociendo más noticias de actualidad de la Comunidad de Madrid.