Desde comienzos de 2024, los estudiantes que realicen prácticas formativas (remuneradas o no) incluidas en programas de formación pueden compatibilizarlas con la prestación o el subsidio por desempleo. Al mismo tiempo, estas prácticas determinan el alta en la Seguridad Social. Y, desde el 23 de mayo, las cantidades percibidas por las prácticas no se tienen en cuenta como rentas, ni del beneficiario ni de su unidad familiar.
Quién puede compatibilizar el paro con prácticas formativas y académicas externas
¿Quiénes pueden acogerse a esta compatibilidad? El SEPE detalla que se aplica a prácticas en empresas, instituciones o entidades incluidas en programas de formación, así como a prácticas académicas externas. En la práctica, alcanza a distintos colectivos educativos, con una salvedad en formación profesional intensiva. A continuación mostramos quienes pueden acceder a esta medida:
- Alumnado universitario: prácticas para titulaciones oficiales (grado, máster o doctorado) y títulos propios (máster de formación permanente, diplomas de especialización o de experto).
- Alumnado de Formación Profesional: siempre que no se realicen en régimen de formación profesional intensiva.
- Alumnado de Enseñanzas Artísticas Superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo.
Hasta hace unos años, las prestaciones y subsidios eran incompatibles con prácticas no laborales fuera del ámbito académico. Desde 2024, el panorama cambia con dos hitos que conviene tener a mano. ¿Cuáles son y qué implican?
Fecha | Medida principal |
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1 de enero de 2024 | Compatibilidad del paro y subsidios con prácticas formativas y académicas externas; alta obligatoria en la Seguridad Social para todas las prácticas incluidas en programas. |
23 de mayo de 2024 | Las percepciones económicas por dichas prácticas no computan como rentas del beneficiario ni de su unidad familiar. |
Estas fechas marcan un antes y un después para los becarios: permiten iniciar o continuar prácticas sin perder la prestación y sin que la ayuda que puedan recibir por ellas reste en el cálculo de rentas.
Cómo afecta a la prestación el alta en la Seguridad Social y qué debes tener en cuenta
La realización de prácticas incluidas en programas de formación conlleva el alta en el sistema de la Seguridad Social. Esto no impide cobrar el paro: la compatibilidad está expresamente reconocida por el SEPE para prestaciones y subsidios desde el 1 de enero de 2024. Por tanto, si estás desempleado y te surge una oportunidad de prácticas, puedes participar sin que ello suponga renunciar a la prestación. ¿Y el dinero que recibas por la beca?
Desde el 23 de mayo de 2024 no cuenta como renta, incluso si la percepción económica la recibe otro miembro de la unidad familiar. No hay trampa ni cartón: se facilita la entrada al mercado laboral sin penalizar la protección por desempleo. Si quieres conocer más novedades respecto al paro, no dudes en entrar en nuestra sección de prestaciones.