Desde un tiempo atrás, hasta ahora, ya se puede solicitar el complemento de paternidad, trámite desconocido para muchos. No se le dio mucho bombo en su momento, lo cuál me parecía raro, pero al comprobar que la Seguridad Social no entraba de oficio, ya se entiende la poca difusión que tuvo. Esta reclamación es posible desde que dictó sentencia el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 12 de diciembre de 2019. En este artículo vamos a desgranar cada uno de los requisitos y cómo poder llevar a cabo la pertinente reclamación y que llegue a buen puerto.
Requisitos para reclamar el complemento de paternidad
En primer lugar, veamos que es este complemento. El complemento de paternidad o complemento para la reducción de la brecha de género es un plus que se añade a las pensiones contributivas desde febrero de 2021 con el objetivo de reparar el perjuicio que haya sufrido en su carrera profesional un progenitor al asumir el cuidado principal de los hijos. Devolver al progenitor todo lo que se le debe por asumir el cuidado principal de los hijos durante enero de 2016 y febrero de 2021, es la parte fundamental de este dictamen. Una vez tenemos claro en qué consiste el complemento, vamos a desgranar los requisitos:
- Como decíamos antes, los pensionistas podrán reclamar las cuantías de entres las fechas mencionadas.
- Ser beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad y ser padre de uno o más hijos.
- Haber accedido a una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor, entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, siempre que alguno de los hijos tuviese derecho a percibir una pensión de orfandad.
Dejar claro, que aunque es un dictamen del TJUE, la Seguridad Social no entrará de oficio, por lo que tendrás que reclamarlo, sin tener garantía de éxito. Para que se sepan de una manera precisa las cuantías, este complemento consistía en añadir un porcentaje a la pensión (un 5 % por 2 hijos; un 10 %, por 3 hijos; un 15 %, por 4 hijos). A fin de cuentas, no es solo una victoria económica frente a las administraciones, es reconocer la labor de los padres, que parecían poco menos que floreros en el cuidado de los hijos.
¿Cómo solicitar que me devuelvan esta prestación?
Si tienes la posibilidad de que este trámite te lo lleve un letrado especialista, mejor que mejor. Pero, si no es así, debes presentar un escrito en una oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tras solicitar cita previa. Esta la puedes pedir en el INSS durante las 24 horas del día a través de los teléfonos 91 541 25 30 o 901 10 65 70. Si tenemos la mala suerte de que no salga a favor la sentencia, podemos presentar una demanda en el juzgado, dónde se dará la razón al demandante por lo dictado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Para terminar con esta noticia, recuerda que puedes dirigirte al apartado de prestaciones de nuestro periódico digital de la Comunidad de Madrid.