Nueve pisos turísticos clausurados en Madrid: el ruido tiene fecha de caducidad

Fecha de publicación: 21 de julio de 2025 a las 09:37
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«Placa de vivienda de uso turístico en un portal del centro de Madrid tras la orden judicial de cierre por ruidos»

¿Has intentado dormir mientras alguien arrastra maletas a las tres de la mañana por el piso de arriba? Seguro que recuerdas ese portazo que hace temblar las paredes y, de paso, tu paciencia. Pues una familia de Madrid decidió que ya había tenido bastante: años de jaleo, roturas y hasta vómitos en los patios los llevaron a los tribunales. El Juzgado de Primera Instancia n.º 44 ha dictado la Sentencia 261/2025 y ha ordenado cerrar nueve apartamentos turísticos que convertían su vida diaria en un continuo concierto de ruidos indescriptibles. Además, las cuatro empresas gestoras deberán abonar más de 38.000 euros por los daños morales causados. Parece que, esta vez, la intimidad familiar ha ganado la partida.

¿Por qué ordena un juez cerrar nueve pisos turísticos en Madrid?

La magistrada entendió que la actividad turística vulneraba el derecho fundamental a la intimidad de un matrimonio y sus dos hijos menores. No era un simple portazo ocasional: hablamos de constantes ruidos, actos vandálicos y usos indecentes de los espacios comunes que se prolongaron durante años.

El fallo obliga a cesar la explotación de los nueve inmuebles gestionados por las demandadas dentro del mismo edificio, al considerar incompatibles esos alquileres de corta estancia con una vida familiar normal. Para rematar la jugada, la indemnización supera los 38.000 euros, cantidad que deja claro que el silencio, a veces, se cotiza alto.

La sentencia describe un catálogo de pesadilla: maletas bloqueando el vestíbulo a cualquier hora, carros llenos de toallas que impedían el paso, intervenciones policiales recurrentes y, por si fuera poco, suciedad que obligó a la comunidad a contratar limpieza extra y un vigilante de seguridad.

Más allá de la mera molestia, el juzgado subrayó que estas conductas eran insalubres e incluso ilegales, ya que la actividad turística ni siquiera estaba regularizada. Resultado: la convivencia se volvió inviable y la familia acabó en la consulta de Psiquiatría. El tribunal distribuyó la indemnización según el número de pisos que cada sociedad explota:

Empresa demandadaNúmero de pisosPorcentaje de responsabilidad*
Empresa A1Equitativo según sentencia
Empresa B1Equitativo según sentencia
Empresa C2Equitativo según sentencia
Empresa D5Equitativo según sentencia

En otras palabras, quien más ruido generaba, más pagará. Un resultado que, además de justo, suena casi musical para los vecinos.

Qué hacer si tu edificio se convierte en un hotel improvisado

Antes de tirar la toalla, toma nota de este plan de batalla:

  • Reúne pruebas: vídeos, registros de llamadas a la policía y partes de daños en zonas comunes.
  • Contacta con la comunidad de propietarios para documentar actas y derramas.
  • Solicita informes médicos si hay afectación a la salud.
  • Presenta demanda civil para proteger tu intimidad y solicitar cesación de la actividad.

Estos cuatro movimientos no garantizan el silencio inmediato, pero aceleran que un juez ponga punto final al festival de ruidos. El fallo demuestra que, cuando la mayoría de vecinos vive del alquiler turístico, la Ley de Propiedad Horizontal puede quedarse corta: las mayorías necesarias para prohibir la actividad resultan inalcanzables. De ahí que la vía de los derechos fundamentales sea, a veces, el único camino efectivo para recuperar la tranquilidad doméstica.

Por otro lado, la decisión marca un precedente: la explotación turística no es ilegal per se, pero sí lo es cuando se practica sin control y pisotea la vida privada de quienes solo quieren disfrutar de su propio hogar. Dicho de otro modo: el turismo es bienvenido, siempre que no venga armado con altavoces y falta de civismo. Las noticias más relevantes del sector inmobiliario podrás encontrarlas en nuestra sección de actualidad.

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