La campaña de la declaración de la renta ya lleva un mes en marcha, aunque todavía quedan dos para poder realizarla. A la hora de presentarla, será importante conocer todas las deducciones y exenciones que nos podamos aplicar, pues aunque en el borrador suelen aparecer, en ocasiones puede que Hacienda no sea consciente de todas las peculiaridades de cada situación. En el caso de la Comunidad de Madrid existen desde hace algunos años, aunque el año pasado se actualizaron, dos deducciones que pueden deducirse en muchos hogares, puesto que suponen un gasto cotidiano. Estas son las deducciones por enseñanza de idiomas y por contratar ayuda doméstica.
Las deducciones que muchos hogares se pueden aplicar
Desde la declaración de la renta de 2023, la Comunidad de Madrid estableció varias nuevas deducciones, destacando especialmente dos de ellas: la deducción por gastos educativos en enseñanza de idiomas y por ayuda en el hogar, en concreto por el cuidado de hijos menores de tres años, aunque en 2023 se incluyó la también la contratación de personas para la ayuda de cuidado de mayores dependientes y personas con discapacidad.
La primera deducción por gastos educativos incluye tanto los gastos soportados durante la Educación Infantil, de Secundaria Obligatoria o Formación Profesional Básica y la enseñanza de idiomas. Los porcentajes a deducir son:
- El 5% de los gastos derivados del vestuario del uso escolar.
- El 15% de los gastos por enseñanza de idiomas desde 2023, antes esta deducción era del 10%.
- El 15% de los gastos de escolaridad obligatoria.
Existen deducciones máximas por cada hijo, que son de 412,40 euros anuales que incrementan a 925,90 euros anuales si los gastos se derivan por la escolaridad básica. Esta deducción aumenta a 1.031 euros anuales por cada hijo en el caso de que estos estén escolarizados en el primer ciclo de Educación Infantil. También existe un límite de renta, pues esta deducción se la podrán aplicar aquellos hogares en los que la base imponible conjunta de la unidad familiar no supere la cantidad de multiplicar 30.930 euros por el número de miembros de dicha unidad familiar.
La deducción de la CAM por contratación de ayuda en el hogar
Esta deducción existe desde 2018 y permite la deducción de los gastos derivados de la contratación de una o varias personas como empleadas del hogar para el cuidado de hijos menores de tres años, aunque desde 2023 se amplía a la contratación de personas para la ayuda en el hogar para el cuidado de mayores dependientes y personas con discapacidad.
Además, a partir de 2023, la deducción es del 25% de las cotizaciones a la Seguridad Social como empleador de una o varias personas bajo el régimen especial de Empleados del Hogar. El límite de esta deducción será de 463,95 euros anuales. Para el caso en que los empleadores sean familia numerosa, la deducción asciende al 40% y el límite de deducción a 618,60 euros anuales. El límite de renta en este caso será no superar la cantidad resultante de multiplicar 30.930 euros por el número de miembros que compongan la unidad familiar.
Visita nuestra sección de prestaciones para estar al día sobre las deducciones que te puedes aplicar y otras gestiones relativas a esta campaña de la declaración de la renta.