El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid regula el Programa de Asistencia Material Básica para el periodo 2025-2028, cofinanciado al 90% por el Fondo Social Europeo Plus. La ayuda está dirigida a hogares con al menos un menor a cargo y se activa a través de los servicios sociales municipales.
La resolución 2083/2025, publicada en el BOCM el 6 de mayo de 2025, deja fijadas las condiciones de acceso a este programa, diseñado para cubrir alimentos y productos esenciales de higiene en familias vulnerables de la Comunidad de Madrid. El acceso no se hace mediante una convocatoria general, sino por derivación desde la atención social primaria de cada ayuntamiento o mancomunidad.
Estos son los requisitos para acceder a la asistencia material básica en Madrid
Para entrar en el programa hay que formar parte de una unidad familiar con al menos un menor a cargo, tener 18 años o más, salvo en el caso de menores emancipados, y que todos los miembros estén empadronados en algún municipio madrileño. Además, los ingresos por unidad de consumo del hogar deben situarse por debajo del 48% de la renta mediana nacional, según recoge el anexo I de la resolución.
La tabla oficial toma como referencia una renta mediana de España de 19.307 euros y fija el 48% en 9.267,36 euros anuales por unidad de consumo. El límite cambia según la composición del hogar. Un adulto con un niño no puede superar 12.047,57 euros al año, mientras que una familia de dos adultos y dos menores tiene el tope en 19.461,46 euros.
Cuánto dinero da la tarjeta monedero y qué productos se pueden comprar
La ayuda se presta mediante una tarjeta monedero para comprar alimentos y artículos básicos de higiene, como jabón, champú, pasta de dientes, productos de higiene menstrual o pañales infantiles. La cuantía mensual es de 130 euros para familias de dos miembros, 160 euros para tres, 190 euros para cuatro y 220 euros para cinco o más. La duración reconocida es de doce meses.
La tarjeta no sirve para cualquier compra. Quedan fuera las bebidas alcohólicas, los refrescos con gas o azúcar, los productos dietéticos, la bollería, las chucherías, el agua embotellada salvo excepciones y buena parte de los productos elaborados, con excepciones como las legumbres precocidas y las conservas. El programa incluye además medidas de acompañamiento social para la unidad familiar.
Cómo se tramita la ayuda en los servicios sociales y hasta cuándo puede usarse
La tramitación arranca en los servicios sociales municipales. Son los trabajadores sociales quienes valoran la situación de la familia, comprueban si se cumplen los requisitos y remiten el expediente a la Dirección General de Servicios Sociales e Integración. Una vez reconocida, la tarjeta se recarga de forma periódica y esta prestación es compatible con otras ayudas públicas.
El calendario también queda cerrado en la norma. La última derivación podrá hacerse hasta el 31 de diciembre de 2027 y ninguna tarjeta podrá utilizarse después del 31 de diciembre de 2028. Para muchas familias madrileñas con menores y rentas bajas, este programa seguirá siendo una vía clave para cubrir alimentación e higiene básica con un sistema de compra normalizado. Accede a nuestra sección de prestaciones para conocer otras ayudas disponibles.








