La Comunidad de Madrid ofrece, por segundo año consecutivo, una ayuda económica para tratar miopía, hipermetropía y astigmatismo mediante gafas graduadas monofocales básicas o lentes de contacto. Se dirige a menores con tarjeta sanitaria pública, en el marco del derecho a una asistencia integral de su salud visual.
El Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) aportará un máximo de 55 euros, IVA incluido, para la adaptación individualizada de estos productos sanitarios. La ayuda es anual y exige un intervalo superior a 12 meses respecto a una prestación anterior del convenio previo.
Quién puede acceder y qué incluye la ayuda económica de salud visual
Pueden acceder los niños menores de 14 años residentes en la Comunidad de Madrid que cuenten con tarjeta sanitaria pública del Sistema sanitario de la Comunidad de Madrid. La prestación cubre el tratamiento óptico‑optométrico para compensar miopía, hipermetropía y astigmatismo mediante una gafa graduada monofocal básica o una lente de contacto.
¿Y si el coste de las gafas es mayor? En ese caso, se deberá aceptar el presupuesto conforme al anexo III del Convenio de colaboración de 29 de julio de 2025 entre el Servicio Madrileño de Salud y el Colegio Nacional de Ópticos‑Optometristas. El acceso a los servicios de óptica y optometría se articula por dos vías principales y un paso común de evaluación en el establecimiento adherido. ¿Cuál te corresponde?:
- Si el menor continúa tratamiento con gafas o lentes de contacto: acudir a un óptico‑optometrista en un establecimiento sanitario de óptica adherido al convenio (puede consultarse el buscador de establecimientos y profesionales adheridos).
- Si en la revisión del programa niño sano de Atención Primaria se detecta un posible defecto visual: se deriva al servicio de oftalmología del SERMAS, que valorará y, en su caso, prescribirá gafas correctoras mediante informe para los padres o tutores.
- En la óptica adherida, el óptico‑optometrista realizará un examen visual optométrico para considerar la necesidad de gafas graduadas o adaptar el producto sanitario con una prescripción válida.
El circuito no tiene pérdida: buscador de ópticas adheridas, derivación cuando proceda y examen optométrico en el establecimiento.
Documentación necesaria, importe máximo y frecuencia anual de la prestación
Los padres, tutores o responsables deben acreditar que el menor dispone de tarjeta sanitaria pública del Sistema sanitario de la Comunidad de Madrid. Si se eligen unas gafas de coste superior, será necesario aceptar el presupuesto según el citado anexo III del Convenio de 29 de julio de 2025. La prestación se concede una vez al año a cada menor. Si ya se recibió por el convenio del año anterior, deben transcurrir más de 12 meses desde la fecha en que se accedió a la primera prestación. A continuación, adjuntamos los puntos clave:
Concepto | Detalle |
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Beneficiarios | Menores de 14 años residentes en la Comunidad de Madrid con tarjeta sanitaria pública. |
Problemas de visión | Miopía, hipermetropía y astigmatismo. |
Producto incluido | Gafa graduada monofocal básica o lente de contacto. |
Aportación SERMAS | Hasta 55 euros, IVA incluido. |
Periodicidad | Una vez al año; más de 12 meses entre prestaciones si se percibió la del convenio anterior. |
Dónde acudir | Ópticas y ópticos‑optometristas adheridos (consultable en el buscador) o derivación desde Atención Primaria a oftalmología del SERMAS. |
Documentación | Acreditación de tarjeta sanitaria pública; aceptación de presupuesto si el coste supera el importe básico según anexo III del Convenio 29/07/2025. |
Hablamos de una ayuda directa para cubrir parte del coste de gafas o lentes en menores, con procedimiento sencillo y requisitos claros. ¿Te interesa? Revisa el buscador de establecimientos adheridos y reúne la documentación. Si lo que quieres es conocer otras ayudas disponibles en la Comunidad de Madrid, accede a nuestra sección de prestaciones.