Solicitudes hasta el 15 de diciembre para viviendas y habitaciones. Dirigidas a jóvenes hasta 35 años, mayores de 65 y otros colectivos vulnerables. Trámite online o presencial.
La Comunidad de Madrid ha abierto el plazo anual de ayudas al alquiler de vivienda y habitación, impulsadas por la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras. La subvención cubre el 50% del alquiler con topes de 900 euros al mes para vivienda completa y 450 euros para habitación.
Quiénes pueden solicitar estas ayudas al alquiler en la Comunidad de Madrid
Pueden optar personas de hasta 35 años, mayores de 65, familias numerosas y monoparentales. También unidades de convivencia en las que todas sus personas estén en desempleo, unidades formadas por personas con discapacidad y víctimas de violencia de género o de terrorismo, entre otros perfiles vulnerables. ¿Te reconoces en alguno de estos casos?
El plazo está abierto hasta el 15 de diciembre. La tramitación puede hacerse online, a través de la Sede Electrónica, en el apartado “Ayudas al alquiler”, con certificado digital o DNIe: También es posible presentar presencialmente en oficinas de Registro General ORVE, como la del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz (Plaza Mayor 1, planta baja), usando el modelo oficial y anexos descargables en la web autonómica.
Las bases completas pueden consultarse en el BOCM y en el portal oficial. La administración regional recuerda que solo se admitirán solicitudes completas y dentro del plazo. Este resumen recoge la información más relevante:
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Cuantía | 50% del alquiler. Máximo 900€/mes vivienda y 450€/mes habitación. |
| Plazo de solicitud | Hasta el 15 de diciembre. |
| Tramitación online | Sede Electrónica (certificado digital o DNIe): enlace de “tramitar”. |
| Tramitación presencial | Registro General ORVE, p. ej. Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz (Plaza Mayor 1). |
| Bases | BOCM y portal oficial de la Comunidad de Madrid. |
De este modo, puedes revisar de un vistazo las condiciones básicas antes de iniciar el trámite.
Documentación obligatoria que necesitas preparar para pedir la ayuda de alquiler y los requisitos
Será imprescindible aportar documentación vigente. Además, la Consejería ha publicado un listado específico según el perfil de solicitante.
- DNI o NIE de todos los miembros de la unidad de convivencia.
- Contrato de arrendamiento o cesión de uso.
- Justificantes de pago del alquiler.
- Declaración de la renta.
- Volante de empadronamiento colectivo.
Se exige nacionalidad española o residencia legal en España y ser titular de un contrato de arrendamiento, cesión de uso o habitación. La vivienda debe ser residencia habitual y permanente. Por tanto, no se podrá ser propietario ni usufructuario de otra vivienda en España, salvo supuestos excepcionales como herencias, divorcios, discapacidad o imposibilidad de uso por causas ajenas.
También se excluye a quienes tengan parentesco de primer o segundo grado con el arrendador, o sean socios o partícipes de este, salvo cooperativas sin ánimo de lucro. Si no puedes optar a esta ayuda, te recomendamos visitar nuestra sección de prestaciones. Allí encontrarás otras opciones disponibles.








