La Comunidad de Madrid vuelve a poner en marcha su programa de viviendas de protección oficial, un recurso clave para que personas y familias con bajos ingresos accedan a un hogar digno sin superar los precios de mercado. Bajo la tutela de la Agencia de Vivienda Social (AVS), las promociones incluyen venta, alquiler y alquiler con opción a compra, siempre bajo un estricto control de superficie ‑nunca más de 150 m² construidos‑ y de precios máximos.
Requisitos económicos y personales para acceder a una vivienda de protección oficial
¿Quiénes pueden apuntarse? Para empezar, hay que ser mayor de edad o menor emancipado con capacidad legal, contar con nacionalidad española o residencia legal y acreditar domicilio o empleo en la región. Además, los ingresos familiares no deben sobrepasar 3,5 veces el IPREM, lo que excluye a quienes superan ese umbral. Tampoco se permite poseer otra vivienda en propiedad o usufructo. Por otro lado, se prioriza a familias numerosas, personas con discapacidad y otros colectivos vulnerables que aporten el certificado correspondiente.
El primer trámite es darse de alta en el Registro Permanente de Solicitantes de Vivienda (RPSV). Se puede hacer en línea, mediante certificado digital y firma electrónica, o presencialmente en las oficinas de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS). Tras cumplimentar el formulario oficial, la solicitud queda registrada y a la espera de que se abra una promoción compatible con el perfil económico y social del solicitante.
Documentación imprescindible que debes presentar y colectivos con prioridad en la adjudicación
Antes de pulsar “Enviar”, conviene revisar la carpeta:
- DNI o NIE de todos los miembros mayores de 14 años
- Declaraciones de IRPF, últimas nóminas o justificantes de prestaciones
- Certificados de discapacidad o familia numerosa, si procede
- Certificado de empadronamiento
- Declaración responsable de no ser titular de otra vivienda
Con esta información, la administración verifica si el expediente cumple los criterios y, cuando se lanza una nueva promoción, contacta solo con quienes encajan en los cupos disponibles.
Tipos de vivienda protegida y límites de superficie y precio que establece la Comunidad
A continuación se muestran las tres modalidades principales que regula la Consejería de Vivienda:
Categoría | Destino | Superficie máxima | Observaciones principales |
---|---|---|---|
VPPB (Vivienda de Precio Básico) | Venta | 150 m² | Precio tope fijado según módulo autonómico |
VPPL (Vivienda de Precio Limitado) | Venta | 150 m² | Precio algo superior al de VPPB, siempre regulado |
Alquiler social | Alquiler o alquiler con opción a compra | 150 m² | Renta mensual limitada y revisada por la AVS |
Esta clasificación permite ajustar las cuotas al nivel de ingresos, de ahí que resulte crucial elegir la categoría adecuada.
Cómo se realiza el sorteo y qué sucede tras resultar adjudicatario de la vivienda
Una vez cerrado el plazo de inscripción, la AVS ordena los expedientes por sorteo o baremo social, según establezca la convocatoria. Si tu solicitud sale seleccionada, la Comunidad de Madrid te citará para firmar el contrato de venta o alquiler. La vivienda queda protegida hasta 15 años, asegurando precio tasado y uso como residencia habitual. ¿Y si renuncias? El turno pasa al siguiente solicitante, conservándose un riguroso control de transparencia.
Por tanto, la clave para no perder oportunidades es mantener la solicitud actualizada y responder rápido a cualquier requerimiento de la AVS. Además, conviene revisar periódicamente el correo electrónico y la carpeta ciudadana, ya que la Administración solo comunica avances a quienes cumplen todos los requisitos.