Los permisos de conducción de cualquier vehículo requieren de una formación y de un examen que al aprobarlo, nos otorgará la autorización para poder circular. Es una forma de certificar la capacidad, el conocimiento y habilidades necesarios para conducir. Dependiendo de las características del vehículo, será necesario uno u otro y tanto las legislaciones de tráfico como la DGT realizan modificaciones para adaptarse a las nuevas necesidades tanto de la población como de la normativa europea.
Qué vehículos podemos conducir con el permiso B de conducir
El permiso B de conducir es uno de los más comunes junto con los permisos A de motocicletas. El carné B es para conducir turismos, aunque se permite manejar otros tipos de vehículos, teniendo en cuenta algunas restricciones en cuanto a peso o los años de experiencia conduciendo. Esta incluye, además de los turismos que no excedan de los 3.500 kilos que estén construidos y diseñados para el transporte de no más de 8 pasajeros además del conductor, a los siguientes vehículos con sus preceptivos requisitos.
- Motocicletas hasta los 125 cc: se pueden conducir a partir de los 3 años de experiencia con el permiso B.
- Ciclomotores, triciclos y cuatriciclos: estos vehículos son ligeros y compactos.
- Autocaravanas que no excedan los 4.250 kilos.
- Furgonetas ligeras eléctricas: se trata de las típicas furgonetas comerciales que si no exceden de los 4.250 kg también se pueden manejar.
- Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor y un remolque que este no exceda de 750 kg, y en su conjunto no exceda de los 4.250 kg.
Estos son los vehículos que en 2025 la DGT permite conducir con el permiso de conducir B, aunque se prevén algunas modificaciones futuras para adaptarse a las normativas europeas.
La regulación de la Unión Europea de los coches eléctricos
Desde el Parlamento Europeo se están promoviendo varias leyes con respecto a la conducción de los vehículos eléctricos que debido a los motores especiales y a las baterías son mucho más pesados que los vehículos convencionales. En 2019 el Parlamento Europeo del Consejo publicó un Reglamento por el que establecieron normas de comportamiento en materia de emisiones de CO2 para vehículos pesados nuevos que fuesen menos contaminantes.
Este reglamento se realizó con la intención de flexibilizar los requisitos para conducir vehículos que excedieran de los 3.500 kilos o de los 4.240 kg, como puede pasar con los coches eléctricos. Ahora, se prevé que se puedan conducir vehículos que superen este peso si son eléctricos, siempre que se tenga una antigüedad mínima de dos años en el permiso B de conducir. Esta propuesta se alinea con el objetivo europeo de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.
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