La Comunidad de Madrid ha puesto en marcha un programa para conceder ayudas a las personas desempleadas que tengan hijos, pero estos tendrán que cumplir una condición muy concreta. Ya existen múltiples ayudas a nivel estatal, más las que cada comunidad autónoma decida implementar, y permisos laborales retribuidos para aquellas personas que tienen hijos y se encuentran trabajando pero tienen que cuidarlos.
La Comunidad de Madrid ha ido un paso más allá y ha pensado en aquellos padres y madres que tienen hijos menores que, debido a su situación laboral pueden cuidar de los hijos, pero cuando tienen que hacer alguna formación se encuentran con la disyuntiva de organizarse para ver quién cuida de los menores.
Estas se llaman ayudas para la conciliación y está destinada a trabajadores desempleados que participen en acciones de formación profesional. Los cursos tendrán que ser de carácter profesional destinados al empleo y que estén financiados por fondos públicos. Es una ayuda directa que pretende facilitar la inserción de las personas desempleadas en el ámbito laboral.
Cuantías y requisitos para solicitar esta ayuda por conciliación
La cuantía de esta ayuda es de 14 euros por día de asistencia a la formación, pero tendrán que ser como mínimo una formación de 8 días, por lo que la prestación mínima será de 100 euros. El abono se realizará al finalizar el periodo de formación o prácticas y el centro de formación podrá acreditar la asistencia de los días por los que se pida la ayuda. Además, existen una serie de requisitos para poder acceder a ella:
- Estar inscrito como demandante de empleo en alguna Oficina de la Comunidad de Madrid.
- Tener a cargo un hijo menor de 12 años o una persona dependiente de forma acreditada.
- No tener ingresos superiores al 75% del IPREM.
- Cursar una acción de formación profesional que esté financiada por un organismo público.
- El importe de los 14 euros por día se mantendrá siempre que se conserven estos requisitos.
Es importante tener en cuenta que la ayuda no es por hijo menor de 12 años que se tenga, sino por acción formativa. Además, es una ayuda que hay que declarar en la declaración de la renta y no está sujeta a ninguna exención, aunque para solicitarla no se requiere el pago de ninguna tasa.
Cómo presentar tu solicitud si eres beneficiario/a de esta ayuda
Tendrás 20 días hábiles para presentar la solicitud desde que termine el curso o acción formativa o 30 días tras la finalización de las prácticas. Se puede presentar de forma telemática a través de su sede electrónica o de la app de la Cuenta Digital. Se necesitan varios documentos para tramitar la solicitud, entre ellos: una copia del libro de familia, el certificado de dependencia del familiar, la sentencia judicial o convenio que acredite la custodia del menor, certificado de empadronamiento colectivo, el certificado de titularidad de la cuenta bancaria y la declaración de responsable de la entidad de formación.
Si quieres saber a qué otras ayudas puedes optar, puedes acceder a nuestra sección de prestaciones para conocer al detalle todas a las que tienen derecho.