La nueva ley de presupuestos de Madrid para 2026 introduce ventajas fiscales para jóvenes que estudian y trabajan y para negocios de hostelería con larga trayectoria.
La Ley 6/2025, de 23 de diciembre, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 29 de diciembre de 2025. Con los Presupuestos Generales para 2026, se mantiene la cuantía de las tasas sin incremento y se introducen nuevas ventajas fiscales para jóvenes y para negocios con trayectoria.
Deducción en el IRPF para menores de 30 que trabajan y estudian en los presupuestos de 2026
La medida más llamativa para muchos contribuyentes jóvenes es la nueva deducción por estudios (art. 12 ter). Permite deducir el 50% de lo pagado por la matrícula, con un límite de 400 euros en el período impositivo.
¿Quién puede aplicarla? Contribuyentes menores de 30 años que trabajen por cuenta propia o ajena y estén dados de alta en la Seguridad Social o mutualidad al menos 300 días dentro del período impositivo. Además, deben cursar estudios universitarios oficiales de Grado o ciclos formativos de grado superior de Formación Profesional. Este es el resumen de las tres novedades:
| Medida para 2026 en la Comunidad de Madrid | Beneficio | Clave para cumplir |
|---|---|---|
| Deducción IRPF por matrícula (menores de 30) | 50% (máx. 400 €) | Alta SS/mutualidad 300 días + Grado o FP superior |
| Bonificación ITP-TPO para negocio con solera | 95% de la cuota | Compra de inmueble para la actividad o inmueble afecto con continuidad 5 años |
| Bonificación AJD en la adquisición | 95% de la cuota | Se aplica en la compra junto con la bonificación del ITP |
Bonificación del 95% en ITP y AJD para hostelería con solera y su aplicación
La ley también crea bonificaciones del 95% en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) para comercios o negocios de hostelería con solera. En TPO, se aplica cuando los titulares (personas físicas o jurídicas) adquieren un inmueble para afectarlo a su actividad. También se prevé cuando se adquiere un inmueble afecto a un negocio de este tipo, siempre que el comprador continúe con el mismo durante al menos 5 años.
A esa rebaja se suma otra del 95% en AJD derivada de la adquisición. ¿Y qué significa exactamente con solera? Que la actividad (incluida en los epígrafes previstos) se haya desarrollado efectivamente en la Comunidad de Madrid durante al menos 50 años desde su inicio hasta el hecho imponible, aunque haya cambios de titularidad o de forma jurídica. Deberás conservar como mínimo los siguientes documentos:
- Justificantes de matrícula y acreditación de estar cursando Grado oficial o FP superior.
- Prueba de alta en Seguridad Social o mutualidad durante, al menos, 300 días del período impositivo.
- Documentación de la adquisición del inmueble, su afectación a la actividad y pruebas de solera (50 años) y, si procede, de continuidad mínima de 5 años.
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