Buenas noticias para los parados de 30 y 55 años que han agotado el paro y no encuentran trabajo. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), ofrece un respaldo económico a aquellas personas que no tiene derecho a la prestación contributiva por desempleo y que, además, no encuentran trabajo. Se trata de un total de 5 ayudas distintas con las que se puede ingresar casi 500 euros mensuales. Aunque, algunas de estas prestaciones también pueden cobrarla parados de otras edades, nos hemos dirigido a este colectivo, ya que es uno de los que más difícil tienen el acceso al mercado laboral.
Renta Activa de Inserción RAI
La Renta Activa de Inserción, más conocida como RAI, es un mecanismo de reinserción laboral para parados de larga duración que tienen especial dificultad para encontrar empleo. La cuantía mensual es el 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiple (IPREM) que para 2024 ha quedado establecido en 600 euros. Esta ayuda del SEPE puede cobrarse hasta un máximo 33 meses. Para solicitar esta ayuda debes de cumplir una serie de requisitos como:
- Ser menor de 65 años.
- No tener derecho a las prestaciones o subsidios de desempleo o a la renta agraria.
- Contar con una inscripción ininterrumpida de demanda de empleo durante 12 o más meses en la oficina de empleo.
- No haber recibido tres programas de Renta Activa de Inserción con anterioridad.
- Estar búsqueda activa de empleo.
- Haber extinguido una prestación contributiva o subsidio por desempleo, salvo por sanción.
Subsidio extraordinario por desempleo
El subsidio extraordinario por desempleo es una ayuda del SEPE que también pueden solicitar los parados de larga duración de 30 y 55 años. La misma va dirigida a las personas que han agotado todas las prestaciones del paro previstas por la ley, incluida la Renta Activa de Inserción. La duración de esta ayuda es de 6 meses sin posibilidad de continuidad.
Ayuda por cargas familiares
Otras de las ayudas del SEPE que pueden cobrar las personas entre 30 y 55 años es la ayuda familiar. Este subsidio va dirigido a aquellas personas que han agotado el paro y además tienen caretas familiares. La cuantía es de 480 euros mensuales y su duración es como máximo de 2 años y 6 meses. Los requisitos más generales para acceder a esta ayuda son estar en paro, estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el acuerdo de actividad.
Subsidio para mayores de 45 años
El subsidio para mayores de 45 años, es un tipo de ayuda dirigida a personas sin cargas familiares. Se podrá cobrar hasta un máximo de 6 meses, ya que no hay posibilidad de prórroga. Los requisitos para acceder a esta ayuda son los siguientes:
- Estar inscrito como demandante de empleo.
- Suscribir el acuerdo de actividad.
- Estar desempleado.
- Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.
- Tener 45 años.
Subsidio para mayores de 52 años
Terminamos la noticia con el subsidio para mayores de 52 años, el único que cotiza a la Seguridad Social y además, puedes disfrutarlo hasta la edad de jubilación. Respecto a los requisitos, estos son los mismos para los del subsidio para mayores de 45 años, excepto el de límite de años. Además, hay que acreditar que reúnes todas las condiciones, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social español. Es decir, haber cotizado por jubilación 15 años, de los cuales 2 han de estar dentro de los últimos 15; y que hayas cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de tu vida laboral.
Hay que tener en cuenta que para todas estas ayudas del SEPE tienes un común un requisito fundamental: los beneficiarios no pueden recibir ingresos superiores a los 723,75 euros mensuales, que es el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
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