Los madrileños pueden conseguir una deducción de 515,50 euros en la Renta por cuidar a sus padres mayores de 65 años: estos son los requisitos

Fecha de publicación: 11 de marzo de 2026 a las 07:25
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Deducción en la Renta en Madrid por cuidar a padre mayor de 65 años en el domicilio familiar

La Comunidad de Madrid mantiene una deducción autonómica en el IRPF que permite restar 515,50 euros por cada ascendiente que conviva contigo. Se aplica también si el padre o la madre tiene una discapacidad igual o superior al 33%, aunque sea menor de 65 años.

Con la campaña de la Declaración de la Renta 2025 a la vuelta de la esquina, es importante revisar el borrador porque este tipo de deducciones regionales pueden cambiar el resultado final de la declaración si cumples los requisitos.

¿Cuáles son los requisitos de la deducción de 515,50 euros en Madrid por cuidar a padres mayores de 65 años?

Esta deducción autonómica es de 515,50 euros por cada ascendiente (padre, madre y, en general, ascendientes en línea recta) mayor de 65 años por el que puedas aplicar el mínimo por ascendientes en el IRPF. El mismo importe se mantiene cuando el ascendiente tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 33%, sin exigir una edad mínima de 65 años.

Además, si el mismo ascendiente da derecho a la deducción a dos o más contribuyentes a la vez (por ejemplo, varios hijos con derecho al mínimo), el importe se prorratea por partes iguales entre ellos en sus declaraciones individuales. La base legal se recoge en la normativa autonómica (artículo 7 bis del texto refundido de tributos cedidos de la Comunidad de Madrid).

Para poder aplicar la deducción madrileña, lo crucial es que tengas derecho al mínimo por ascendientes en el IRPF, que exige cumplir estas condiciones:

  • Edad o discapacidad: el ascendiente debe tener más de 65 años a 31 de diciembre (fecha de devengo habitual) o, a cualquier edad, discapacidad igual o superior al 33%.
  • Convivencia: debe existir convivencia al menos la mitad del período impositivo.
  • Límite de ingresos del ascendiente: el ascendiente no puede haber obtenido rentas superiores a 8.000 euros anuales, excluidas las rentas exentas.
  • Declaración del ascendiente: el ascendiente no puede presentar declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.

En caso de discapacidad, se contempla también la convivencia cuando el ascendiente, dependiendo del contribuyente, está internado en un centro especializado.

Cómo incluirla en la Declaración de la Renta paso a paso

La campaña de la Renta 2025 empieza el 8 de abril de 2026 para la presentación por Internet y termina el 30 de junio de 2026. La Agencia Tributaria también puede confeccionar la declaración por teléfono del 6 de mayo al 30 de junio (cita del 29 de abril al 29 de junio) y presencialmente del 1 al 30 de junio (cita del 29 de mayo al 29 de junio).

Para aplicar la deducción por cuidado de ascendientes en Madrid, lo más importante es revisar que los datos personales y familiares estén completos y correctos en Renta Web (convivencia, identificación del ascendiente y cumplimiento de requisitos). En la ayuda de la Agencia Tributaria se indica que la deducción se genera automáticamente en el programa con la información reflejada en esos apartados, por lo que un error en los datos puede hacer que no aparezca.

Como referencia, la Comunidad de Madrid recuerda esta deducción dentro de sus beneficios fiscales del IRPF y la vincula expresamente a poder aplicar el mínimo por ascendientes.

Y atención a no confundirla con otra deducción madrileña distinta: la de acogimiento no remunerado de mayores de 65 años o con discapacidad, que es mayor (1.546,50 euros) pero tiene requisitos específicos, incluida una limitación de base imponible. Accede a nuestra sección de trámites para aprender a solicitar otras deducciones.

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