Actualmente, tras la aprobación del Gobierno de la Ley de Familias, existen nuevos permisos y días libres que se pueden pedir a partir de septiembre. El objetivo del mismo es la mejora de la conciliación de la vida personal y laboral, reconociendo la gran variedad de situaciones familiares que hay. Aunque se pudo oír o hablar sobre este tema antes del verano, cuando fue aprobado, será ahora a la vuelta del cole o de las vacaciones de los trabajadores cuando se puedan pedir estos permisos para ausentarse del trabajo.
Estos son los nuevos permisos y días libres aprobados en verano y que ya pueden pedir los trabajadores
Si eres trabajador/a y estás pensando en solicitar alguno de estos permisos, es necesario avisar con tiempo suficiente y acreditando un justificante. En otros casos, no será obligatorio informar como en el caso del permiso por causa de fuerza mayor, para atender una urgencia de los hijos e incluso no justificarlo previamente. A continuación vamos a desglosar los permisos en función de la causa principal.
Enlaces conyugales y uniones legales
- Quince días hábiles para ceremonias matrimoniales o inscripciones de uniones de hecho.
- Dos días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta el segundo grado de parentesco consanguíneo. Se extenderá el permiso por un par de días adicionales si la situación exige un desplazamiento.
Permisos para el cuidado de hijos, familiares y convivientes
- Cinco jornadas por incidentes médicos graves, hospitalización o procedimientos quirúrgicos sin hospitalización de cónyuges, parejas de hecho o familiares hasta el segundo grado. También se aplica cuando se trata de personas diferentes a las mencionadas anteriormente, que compartan residencia con el trabajador y requieran cuidados.
- Los empleados tienen el derecho de ausentarse por causa de fuerza mayor en casos de emergencia familiar. Esto aplica a situaciones que involucran a familiares o personas que viven con el trabajador y requieren su presencia inmediata, ya sea por accidente o enfermedad. Estas horas de ausencia por estas razones son remuneradas y equivalen a cuatro días al año.
- Permiso de crianza de ocho semanas que se puede tomar de manera continua o intermitente hasta que el niño cumpla 8 años. Puede usarse durante el verano, cuando no tienen quien cuide a sus hijos, o durante los periodos de adaptación al regreso a la escuela.
- El trabajador puede disfrutar de una hora adicional en caso de parto prematuro y hospitalización del niño. Además, tienen derecho a reducir su jornada laboral hasta por dos horas con el correspondiente ajuste salarial.
Flexibilidad de la jornada laboral
- En situaciones de nacimiento, adopción o acogimiento, los empleados pueden tomar una hora libre para ausentarse del trabajo. Esta se puede dividir en dos partes para el cuidado del bebé hasta los nueve meses. Quienes ejerzan este derecho pueden cambiarlo por una reducción de media hora en su jornada con esta finalidad. También tienen la opción de acumularlo en días completos de acuerdo con el convenio colectivo o un acuerdo con la empresa.
- Por el tiempo imprescindible para realizar exámenes prenatales y preparación para el parto. En caso de adopciones, acogimientos o tutelas con fines de adopción, se otorgará para asistir a sesiones informativas y de preparación. Estos beneficios son aplicables dentro de la jornada laboral.
Permisos y días libres por formación y exámenes
- Los trabajadores con más de un año en la empresa pueden disfrutar de un permiso remunerado de 20 horas anuales para formación relacionada con las actividades de la compañía. Estas horas pueden acumularse hasta por cinco años.
- Tienen el derecho de ausentarse para exámenes, ya sea para obtener títulos académicos o profesionales.
Otros permisos que puede solicitar un trabajador
- Un día para mudanza de residencia habitual.
- El tiempo necesario para cumplir con responsabilidades públicas y personales inevitables.
- Para llevar a cabo trabajos sindicales o de representación del personal. Esto se aplica cuando se cumplen los requisitos legales o convencionales.
¿Ha quedado claro todos los días que ya se pueden solicitar si estás trabajando? Para una mejor visualización sobre las modificaciones de estos permisos y días libres, consulta el Estatuto de los Trabajadores.
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