Tan solo queda un día para que dé inicio la campaña de la Renta 2022-23, donde millones de contribuyentes deben realizarla y donde pueden incluir una serie de gastos. Desde el día 11 de abril hasta el 30 de junio hay tiempo de presentar dicha declaración, pero ¿conoces todas las deducciones a presentar? Estos recursos o conocidas como desgravaciones son importantes para que este documento de la Agencia Tributaria salga lo más favorable posible. Estos datos se obtienen por otras acciones distintas al trabajo y que puede significar una ayuda para pagar menos en la Renta. En esta noticia vamos a hablar sobre algunos de los gastos que muchas personas no conocen y que sin duda van a interesarte. Recuerda que para hacer estas gestiones vía online es necesario contar con certificado electrónico o cl@ve PIN.
Cuáles son las gastos o deducciones que se pueden desgravar en la Renta 2022-2023
Quizás no eres muy experto en hacer declaraciones de la Renta o es tu primer año y tan sólo te dedicas a hacerla si más y ya está. Es importante saber que según las retenciones del IRPF, al hacer el borrador se obtendrá un resultado positivo o negativo, a pagar o a devolver. Por este motivo es bueno saber que existen una serie de deducciones como las que indicamos a continuación. Si además quieres conocer las fechas con exactitud de la campaña de la Renta 2022-23, puedes acceder a la página web de la Agencia Tributaria. A continuación mostramos algunas de las deducciones menos conocidas para poder ahorrar dinero en la Renta.
Gastos de alquiler y vivienda que puedes desgravar en la Renta
Si tienes un contrato de alquiler anterior a 2015, eres beneficiario de esta deducción donde existe hasta un 10,05% del pago del período impositivo. Es importante, que para poder realizar esta desgravación la base imponible tiene que ser inferior a 24.107,20€ anuales. Además, en función de la comunidad autónoma los propietarios de la vivienda pueden desgravar hasta un 60% del usufructo.
Al igual ocurre con los propietarios de la vivienda siempre y cuando se comprara antes de 2013. A estas deducciones se incluyen todas las cantidades relativas a construcción, rehabilitación e incluso gastos e impuestos a cargo del contribuyente y donde se puede deducir hasta un 15% con un máximo de 9.040€. Recuerda que existen además, ayudas para pagar menos en el alquiler de tu vivienda.
Donaciones en ONGs
Si durante el ejercicio fiscal has hecho alguna donación a alguna entidad como una ONG, federaciones deportivas, universidades públicas, Cruz Roja u Once, entre otras, puedes pagar menos en la Renta. Esta acción de colaborar con estas organizaciones reconocidas por el Estado es algo que quizás no sabía que se puede deducir en la declaración.
Inversiones en nuevas empresas
¿Has invertido en la creación de nuevas empresas? Si has tenido gastos o tienes pensado hacerlo, te interesará saber que se puede deducir hasta el 30% en la Renta con dichas participaciones en las empresas emergentes. Respecto a la base máxima de deducción en estos casos, resaltar que esta llega a los 60.000€. Además, por otro lado, existe una deducción de hasta el 15% en gastos dirigidos al Patrimonio Histórico Español y Mundial. Si tienes alguna inversión en este campo no olvides indicarlo en tu borrador para salir favorecido.
Familia numerosa, maternidad y planes de pensiones
El tener hijos/as es una las formas para realizar desgravaciones en la Declaración de la Renta que pueden ahorrar hasta 1.200€ por cada descendiente menor de 3 años o con discapacidad. Resaltar que esta deducción es aplicable tanto a adoptados como a biológicos.
En el caso de ser familia numerosa, existen dos beneficios fiscales como son el mínimo personal y familiar. Esto es aplicable a los descendientes menores de 25 años que cumplan una serie de requisitos predeterminados. Para esta alternativa es posible recibir la cuantía de 1.200€. Los planes de pensiones cuentan con una deducción máxima de 1.500€ que se puede aumentar hasta los 8.500€ en el caso de pensiones de empleo.
Personas a cargo
Para esta ocasión, no importa si es descendiente, ascendiente o cónyuge y la deducción mínima será:
- Desde 1.150€ para mayores de 65 años o discapacidad igual o superior al 33%.
- Hasta 2.550€ para mayores de 75 años.
Si deseas obtener esta desgravación existe una serie de requisitos a cumplir. Esto es que la persona conviva con el contribuyente a su cargo durante la mitad del tiempo del año fiscal o que dicha persona no haya superado los 8.000€ en rentas. Además, el mismo no debe haber presentado la declaración de la Renta por su cuenta con más de 1.800€ de renta.
Si te ha servido de ayuda esta noticia para conocer qué gastos puedes deducir en la declaración de la Renta, sigue consultando más trámites en la Comunidad de Madrid. En esta sección puedes ver más datos sobre otras gestiones que te pueden dar seguramente algún beneficio.