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Inicio » Prestaciones » La Seguridad Social tiene motivos fundamentados para quitarte el dinero de esta pensión

La Seguridad Social tiene motivos fundamentados para quitarte el dinero de esta pensión

Por Madridinforma
13 de julio de 2024 a las 10:30
en Prestaciones
Tiempo de lectura: 3 minutos
Pensión de viudedad perder

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Como bien indica el nombre de esta prestación de la Seguridad Social, se trata de la pensión de viudedad, la cual se cobra cuando fallece el cónyuge o pareja de hecho. Aunque se trate de algo que inicialmente no es plato de muy buen gusto, es sin duda una ayuda, que consigue un apoyo muy necesario a la personal que la cobra, ya que es vital para el mantenimiento de la situación económica de la unidad familiar. Además, este tipo prestación contributiva, en caso de ser personas mayores de 65 años, se podrá compatibilizar con la pensión de jubilación o en caso de invalidez, con una pensión por incapacidad permanente, a la que se tuviera derecho. Veamos cuáles son las razones que tiene la Seguridad Social para que quite esta ayuda.

Cuáles son las cuantías de la pensión de viudedad y cómo calcularla

Antes de comenzar con los motivos que causan la pérdida de esta ayuda, queremos recordar los importes a percibir en 2024, tras la revalorización del 3,8%. La pensión de viudedad es contributiva y tiene una cuantía mínima en 2024, de 625,20 euros al mes (8.752,80 euros al año) para menores de 60 años. Esta cifra aumenta a los 732,60 euros (10.808 euros anuales), si tienes entre 60 y 64 años y a 825,20 euros, para mayores de 65 (11.552,80 euros al año). Lo máximo a cobrar, se da para quienes, además, tengan cargas familiares, alcanzando los 1.033 euros al mes (14.466,20 euros al año).

Cabe destacar que para calcular la pensión de viudedad, se aplica un porcentaje sobre la base reguladora del fallecido/a, y que varía según si eres trabajador activo o pensionista y si la causa, fue por contingencia común o profesional. No obstante, y como normal general, se aplica un 52%, aunque si tienes 65 años o más, no tienes derecho a otra pensión, no recibes ingresos o rentas, esta será el 60%. Ahora bien, este porcentaje sube al 70%, cuando tienes estos 3 requisitos:

  • Cargas familiares.
  • Tener como una única o principal fuente de ingresos la pensión de viudedad.
  • Que los rendimientos anuales del pensionista por todos los conceptos no sobrepasen el importe de la cuantía que resulta de sumar al límite que, en cada ejercicio, esté previsto para el derecho de los complementos por mínimos de las pensiones contributivas, la cuantía anual que corresponda a la pensión mínima de viudedad con cargas familiares.

Causas por las que la Seguridad Social puede retirarte la pensión

Una de las cosas importantes para los beneficiarios de esta pensión contributiva de viudedad, es saber que existen motivos por los que la Seguridad Social te puede quitar la prestación. Para ello, vamos a mostrar cuáles son:

  • Tener un nuevo matrimonio o pareja de hecho.
  • Fallecimiento del propio beneficiario.
  • Declaración falsa por fallecimiento de un trabajador desaparecido.
  • Que la culpa del fallecimiento sea el beneficiario.
  • Tener otra fuente de ingresos aparte de la pensión. 

No te pierdas más publicaciones relacionadas con esta noticia, visitando el apartado de prestaciones de nuestro periódico digital de la Comunidad de Madrid. Si alguno de los artículos son de tu interés, no dudes en leerlo para mantener informado.

Etiqueta PensionesPrestacionesSeguridad Social

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