Desde la Seguridad Social, existe una nueva ayuda dirigida a ciertas personas que vieron su trabajo afectado por motivos familiares y que puedes tramitar con unos sencillos pasos. En este caso, se trata de un complemento de hasta 138 euros dirigido a los españoles que cumplan con una serie de requisitos, y que pueden beneficiarse tanto hombres como mujeres. Por ello, con este artículo vamos a explicar en qué consiste esta ayuda y cómo se puede solicitar tanto si tienes sistemas de identificación digital, como DNIe, certificado electrónico o Cl@ve, como si no dispones de ellos.
En que consiste esta medida del complemento de la brecha género por parte del Gobierno
Esta ayuda, a la que hacemos referencia, se trata del complemento de brecha de género, una medida dirigida a reducir la desigualdad económica entre los hombres y mujeres de España. Actualmente, el importe es de 34,71€ por hijo/a, tras la subida del 10% en este año 2024, lo hace que sume un total de 138,8 4€ en caso de tener 4 hijos o más. Desde siempre, por motivos de desigualdad, las mujeres han tenido desventajas en cuanto al ámbito laboral, se refiere. Como consecuencia directa, las pensiones de las mujeres son más bajas que la de los hombres, y el motivo general de todo esto, es que ellas se quedaban en casa para cuidar de la familia. Por tanto, tenían menos horas de trabajo y a la vez, empleos donde ganaban menos.
Con toda esta controversia, se ha llevado a cabo, por parte del Gobierno, un complemento de pensiones compensatorio por dichas diferencias publicado en el BOE. De esta forma y al menos, se busca igualar las diferencias salariales que se han ido acumulando a lo largo de la etapa laboral de muchas de las mujeres en España. Ahora bien, vamos a ver quiénes se pueden beneficiar de esta ayuda.
Estas son las personas que van a poder ser beneficiarse de este complemento de 138 euros: Requisitos a tener en cuenta
Como indicamos al inicio, este complemento de la brecha de género de 138 euros está dirigida a ciertas personas, ya que no todos pueden beneficiarse. En este sentido, es necesario contar con una serie de requisitos que tienen que ver con la brecha de género, tales como tener uno o más hijos. Ahora bien, también se piden los siguientes según el género:
- Mujeres con hijos: todas las madres que tuvieron que dejar el trabajo de forma temporal o que hicieron menos horas en su horario laboral para el cuidado de los hijos, afectando directamente a las pensiones.
- Hombres que han reducido su horario laboral: también existen hombres que se han visto afectados por estas tareas de cuidado de los hijos. En este caso, es necesario que se cumplan alguno de estos requisitos:
- Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor y que los hijos tengan una pensión de viudedad.
- Causar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente, interrumpido su trabajo por el nacimiento o adopción de los hijos, cuando:
- Sean hijos nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994, tengan más de 120 días sin cotizar entre los 9 meses de embarazo y los 3 años posteriores. En caso de adopción, entre la fecha del hecho y los 3 años siguientes (la suma de los importes de las pensiones tienes que ser menor a la suma de la de la mujer).
- Nacidos o adoptados antes del 1 de enero de 1995, donde la suma de las cotizaciones de los 24 meses posteriores al nacimiento o adopción sean inferior (+ del 15%), a los veinticuatro meses justos previos, siempre que la suma de las pensiones sean menores que la de la mujer.
En ambos casos, es necesario que estas personas estén percibiendo una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad a partir del 4 de febrero de 2021.
Cómo pedir este complemento
Pedir el complemento de la brecha de género, es un trámite sencillo, aunque es vital no dejar ningún detalle fuera en la realización del proceso. Por tanto, no olvides preparar todos los documentos donde se pruebe tales requisitos, es decir, haber tenido hijos y que la jornada laboral se viera reducida para el cuidado de los mismos (certificados de nacimiento, contrato donde se refleje la bajada de horas…).
Una vez tengas todo listo, puedes presentar la solicitud, junto con la pensión, desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social en caso de tener medios de identificación electrónicos. Si no tienes dichos sistemas, puedes hacerlo por la sección habilitada del INSS. También de forma presencial en oficinas (cita previa). Recuerda marcar la casilla específica para la solicitud de este complemento. Aunque se trata de una cuantía no muy grande, con 138 euros más en tu pensión, es un paso hacia un cierre de esta enorme brecha de género que actualmente sigue abierta.
Si deseas seguir estando al tanto sobre cómo realizar otras gestiones, recuerda que tienes a tu disposición, el apartado de trámites de nuestro periódico digital de la Comunidad de Madrid.