En las últimas horas, se han producido unos cambios que han sacudido los cimientos de las pensiones de jubilación. Se acaba de negociar una reforma por parte del Gobierno de España, en el que también están implicados la patronal y los sindicatos. Pero como bien acabo de mencionar, se ha negociado, ahora queda la parte legislativa. Para que se apruebe tendrá que haber acuerdos en el Congreso de los Diputados, por lo que hasta que no llegue ese momento, esto es solo una noticia. Vamos a especificar quienes son los trabajadores que podrán acceder a la jubilación a los 62 años.
¿Quién son los beneficiarios de esta jubilación tras la reforma?
Hay que dejar claro que esto no afecta a la mayoría de la población, siendo solo factible para los que se acojan a la jubilación parcial, y a los trabajadores que se enmarcan en profesiones penosas o peligrosas. Estos últimos siempre han estado en consideración para adelantar su edad de finiquitar su vida laboral. En este caso se especifican unos parámetros con los que se valorará exactamente la edad correspondiente para el adelanto de la jubilación. La reforma no señala a qué grupos laborales se refiere específicamente, por lo que hacer una valoración sería demasiado atrevido por parte nuestra.
Llegamos al grupo que sí puede jubilarse a los 62 años. Los solicitantes de la jubilación parcial, tendrán esta oportunidad con los mismos requisitos que tenían estipulados con anterioridad. Se modifica la fecha de adelanto, pasando de los 63 a los 62 años. Se remarca que durante el primer año, la reducción de la jornada laboral oscilará entre un 20% y un 33%. Transcurrido ese primer año, se mantiene la posibilidad de reducir la jornada entre un 25% y un 75%.
Otro punto de gran importancia son los contratos de relevo. Se establecen nuevos requisitos para quien entra a suplir al jubilado en cuestión. Los contratos de estos trabajadores han de ser indefinidos (incluidos los fijos discontinuos) y a tiempo completo, y el nuevo empleado deberá mantenerse durante al menos los dos años posteriores a la extinción de la jubilación parcial. Esta es una mejora sustancial de la actual calidad laboral de estos trabajadores.
¿Es compatible trabajar y cobrar una pensión?
Lo primero que se ha hecho y que afecta directamente a esta cuestión ha sido, la eliminación del requisito de tener que contar con una carrera de cotización completa para poder compaginar empleo y jubilación. Se verá también incrementado el porcentaje de pensión que se puede percibir mientras seguimos estando activos laboralmente. Para ser más concretos, quien demore la jubilación un año podrá percibir el 45% de la pensión que le correspondería si se hubiera retirado a su edad, quien la demora dos años podrá percibir el 55%, el 65% y quien la retrase tres años, el 80%. Ya solo toca esperar para ver si se ponen de acuerdo los partidos políticos y sacan adelante la reforma.
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