La reforma de la prevención de riesgos laborales introduce nuevas obligaciones para empresas, refuerza la salud mental y amplía la protección ante riesgos actuales.
Ya está sobre la mesa la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. El borrador, fechado el 16 de marzo, modifica la ley de 1995, el Estatuto de los Trabajadores y el Reglamento de los Servicios de Prevención para adaptar la protección a los riesgos actuales, después del acuerdo firmado por el Ministerio de Trabajo con CCOO y UGT el pasado 10 de febrero.
La nueva Ley de Prevención de Riesgos Laborales refuerza salud mental y clima
La gran novedad es que la prevención deja de centrarse solo en el daño físico. El texto amplía los daños derivados del trabajo a ámbitos físicos, fisiológicos, cognitivos, emocionales, conductuales y sociales, incorpora de forma expresa los riesgos psicosociales en la evaluación preventiva y obliga a actuar también ante catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos. Además, la desconexión digital pasa a integrarse en el derecho a una protección eficaz frente a los riesgos laborales.
La reforma introduce también la perspectiva de género y de edad en la gestión preventiva. La empresa deberá tener en cuenta diferencias biológicas, físicas y antropométricas al evaluar puestos, elegir equipos de protección y diseñar medidas. Junto a ello, se reconoce de forma expresa la violencia y el acoso laborales, incluidos los ejercidos por medios tecnológicos o algoritmos, como riesgos que deben prevenirse.
Qué cambia para empresas y pymes con la nueva prevención de riesgos laborales
Uno de los cambios más importantes afecta a la organización interna. El empresario solo podrá asumir personalmente la prevención en compañías de hasta 10 trabajadores, mientras que será obligatorio un servicio de prevención propio en empresas con más de 300 empleados y también en las de 150 a 300 si realizan actividades peligrosas del anexo I. A eso se suma que la formación obligatoria en prevención podrá bonificarse en empresas de hasta 10 personas trabajadoras.
No solo cambian los umbrales. La evaluación de riesgos deberá revisarse cuando varíe la organización del trabajo, los procesos o los procedimientos, y tendrá que realizarse mediante visitas presenciales a los centros. Además, la formación práctica en prevención deberá ser presencial salvo causa justificada, y la vigilancia de la salud se refuerza tanto en su vertiente física como mental.
Los trabajadores menores, embarazadas y quienes vuelven de baja tendrán más protección
Los menores de 18 años contarán con un blindaje específico. El borrador incorpora nuevos anexos con actividades que pueden perjudicar su salud y una lista de trabajos prohibidos, entre ellos los expuestos a contenidos violentos o pornográficos o aquellos que superen objetivamente sus capacidades físicas o psicológicas. También se refuerza la protección de las trabajadoras embarazadas o en lactancia y se obliga a las empresas a prever procedimientos de vuelta al trabajo tras ausencias prolongadas por motivos de salud, con actualización de la formación cuando sea necesario.
La reforma llega después del pacto sellado por Trabajo con los sindicatos para modernizar una norma que el Ministerio considera esencial ante el peso creciente de los riesgos psicosociales, la digitalización y el cambio climático. Con el borrador ya publicado y fechado el 16 de marzo, la actualización de la prevención laboral entra en una fase decisiva y anticipa más obligaciones concretas para las empresas y más cobertura para los trabajadores. Cualquier novedad en esta materia que se cofirme, la publicaremos en nuestra sección de empleo.








