En carretera, el máximo habitual que puede imponer un agente de la Guardia Civil de Tráfico por cada sanción es de 500 euros. Así lo marcan los importes oficiales de la DGT: leves hasta 100 €, graves 200 € y muy graves 500 €.
Ahora bien, a noviembre de 2025 la normativa también prevé supuestos excepcionales muy por encima de ese tope. En esos casos, el marco legal permite sanciones de miles de euros cuando la conducta no es propiamente “de circulación”, sino que compromete la seguridad vial por otros motivos.
Sanciones extraordinarias de hasta 20.000 euros previstas por la Ley de Tráfico
La Ley de Tráfico (art. 80.2.d) contempla multas de entre 3.000 y 20.000 euros para infracciones ajenas a la circulación. Entre ellas, realizar obras en la vía sin autorización previa, dañar o manipular la señalización de tráfico o provocar deterioros en la carretera que pongan en riesgo la seguridad. Son escenarios poco frecuentes, pero posibles. En estos supuestos, los agentes pueden proponer sanciones dentro de ese rango, siempre bajo el marco legal que aplica la propia DGT.
Entre las infracciones más duras, la DGT destaca las relacionadas con el consumo de alcohol y drogas. Superar 0,25 mg/l en aire espirado (0,15 mg/l para conductores noveles o profesionales) supone 500 euros y la pérdida de 4 puntos.
Si se supera 0,50 mg/l o se da positivo por drogas, el importe asciende a 1.000 euros y se detraen 6 puntos del carné. Además, cuando el conductor circula bajo la influencia directa del alcohol o las drogas, la infracción se convierte en delito (art. 379 del Código Penal), con posibles penas de prisión de hasta seis meses, multa judicial o retirada del permiso de hasta cuatro años.
En el día a día, las sanciones más altas en carretera se asocian a conductas como la conducción temeraria, los excesos de velocidad graves, el uso de inhibidores de radar o circular sin seguro obligatorio. Estos comportamientos pueden conllevar multas de hasta 500 euros, pérdida de puntos y, en algunos casos, la inmovilización del vehículo.
La DGT subraya que el objetivo es prevenir accidentes, no recaudar. Por este motivo, las sanciones más elevadas se reservan para castigar conductas que ponen en riesgo la vida de terceros.
Ciclistas, motoristas y patinetes: cómo impone la DGT sus multas
Las normas no solo afectan a quienes conducen coches. Motoristas, ciclistas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos, también están sujetos a sanciones económicas si incumplen la normativa.
Los ciclistas, aunque no pierden puntos, pueden ser multados con hasta 200 euros por saltarse semáforos, circular por zonas prohibidas o no llevar alumbrado de noche. En VMP, acciones como circular por la acera, usar auriculares o ir sin casco en municipios donde es obligatorio pueden acarrear entre 100 y 200 euros. Dar positivo en alcohol o drogas con un patinete implica la misma sanción económica que en un coche. Entra en nuestra sección de motor para conocer más noticias de la DGT.









