La norma regula el uso de las plazas de garaje en comunidades de propietarios y fija qué está permitido y qué requiere autorización.
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) no solo regula cómo funciona una comunidad de vecinos, también incluye referencias clave sobre las plazas de garaje, sobre todo cuando están en un parking con gestión común. ¿Tienes dudas sobre si puedes hacer cambios, instalar un cargador o usarla como trastero? Aquí van las claves.
Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal sobre plazas de garaje en comunidad
La LPH se centra en la organización interna de la comunidad: juntas, acuerdos, órganos de gobierno y funcionamiento general. Ahora bien, cuando el garaje forma parte de un espacio compartido (por ejemplo, una planta de parking con accesos y zonas comunes), sus referencias son especialmente relevantes. Para situarnos, estos son los puntos que tratan sobre las plazas de garaje:
| Referencia en la LPH | Qué regula en relación con el garaje | Consecuencia práctica para el propietario |
|---|---|---|
| Artículo 5 | La descripción del inmueble y de cada elemento, incluyendo anejos como el garaje | La plaza puede constar como anejo y considerarse parte vinculada a vivienda o local |
| Artículo 17.5 | Instalación de punto de recarga en plaza individual | Basta con comunicarlo previamente y el coste lo asume quien lo instala |
| Artículo 9 | Obligaciones generales de cualquier propietario | Hay deberes de conservación, respeto de elementos comunes y contribución a gastos |
Si tu plaza está dentro de una comunidad, no es “tierra sin ley”: hay reglas y límites claros.
El artículo 5 de la LPH: la plaza de garaje como anejo privativo
El primer guiño directo a las plazas de garaje aparece en el artículo 5. Ahí se indica que la descripción de cada piso o local debe incluir datos como su situación y sus anejos, y lo expresa así: “expresará su extensión, linderos, planta en la que se hallare y los anejos, tales como garaje, buhardilla o sótano”.
Esto implica que la plaza de garaje puede tener la consideración de elemento privativo dentro de la comunidad, formando parte de la vivienda o del local, aunque esté integrada en una zona donde existan elementos comunes (como una planta de garajes).
El artículo 17.5 y la instalación del punto de recarga eléctrico privado
Otro punto importante está en el artículo 17.5, centrado en la instalación de cargadores para vehículos eléctricos. Si el punto de recarga es para uso privado y va en una plaza individual, “solo requerirá la comunicación previa a la comunidad”.
Ojo con el matiz que suele generar discusiones: la norma también deja claro que “el coste de dicha instalación y el consumo de electricidad correspondiente serán asumidos íntegramente por el o los interesados directos en la misma”.
Este cambio procede de una reforma a principios de 2025 y busca facilitar que quien apueste por el vehículo eléctrico pueda instalar su recarga sin trasladar el gasto al resto.
Obligaciones del propietario en un garaje comunitario según el artículo 9
Tanto si tienes una vivienda con plaza vinculada como si eres dueño de una plaza independiente, las obligaciones son las mismas que recoge el artículo 9. ¿Qué significa esto en el día a día?:
- Respetar las instalaciones generales y los elementos comunes, haciendo un uso adecuado y evitando daños.
- Mantener en buen estado tu plaza y sus instalaciones privativas, para no perjudicar a la comunidad ni a otros propietarios.
- Consentir reparaciones necesarias y servidumbres imprescindibles para obras o servicios comunes, con derecho a resarcimiento si hay daños.
- Permitir la entrada a tu plaza cuando sea necesario por los motivos anteriores.
- Contribuir a los gastos generales según tu cuota de participación, cuando no puedan individualizarse.
- Aportar al fondo de reserva conforme a la cuota para atender obras de conservación, reparación y rehabilitación, entre otras.
- Actuar con diligencia en el uso del inmueble y responder por infracciones o daños causados.
De todo esto se desprende también que, si eres propietario de una plaza independiente, debes pagar cuota de comunidad según tu porcentaje. Y, además, puedes asistir y participar en las juntas, así como vender o alquilar la plaza libremente, salvo que los estatutos impongan alguna limitación.
Problemas habituales en garajes comunitarios y cómo los aborda la normativa
En los garajes comunitarios hay conflictos bastante típicos. Por ejemplo, aparcar más de un vehículo en la misma plaza suele ser posible si caben las dimensiones y no se invade espacio ajeno ni comunitario (como un coche y una moto). Distinto es el caso de la invasión de plaza, que no debería tolerarse y puede reclamarse para que no se repita.
¿Y usar la plaza como trastero? En principio no, porque debe respetarse su uso como estacionamiento. Además, conviene evitar usos peligrosos, molestos o insalubres. También ocurre con armarios o cerramientos: si exceden lo permitido por la normativa de la comunidad, no deberían instalarse sin aprobación. Y si se pretende un cambio de uso (normalmente a trastero), haría falta acuerdo unánime, al afectar al título constitutivo o a los estatutos. En nuestra sección de actualidad encontrarás más noticias relacionadas con la Ley de Propiedad Horizontal.








