El proyecto para rebajar la tasa de alcoholemia al volante continúa su tramitación en el Congreso y, de momento, no tiene fecha para su aprobación definitiva ni para su publicación en el BOE, pese a la insistencia de la DGT.
Hace más de un año que el Congreso dio el primer paso para reducir estos límites. Los diputados aprobaron por mayoría simple que el Ministerio del Interior modificara el reglamento de circulación en este punto, pero la norma sigue en trámite. Entonces, ¿cuándo entrará en vigor realmente la nueva tasa de alcoholemia? A día de hoy, aún no se sabe.
La nueva tasa de alcoholemia de la DGT sigue sin fecha de entrada en vigor oficial
Sin una fecha marcada en el calendario, la norma está pendiente de la aprobación definitiva en el Congreso y de su posterior publicación en el Boletín Oficial del Estado. Hasta que no se complete este proceso, los nuevos límites no serán aplicables.
El director de la DGT, Pere Navarro, ha pedido acelerar este trámite. Ha recordado que la norma «lleva ya muchos meses en el Congreso» y que «no hay excusas». Según explicó, con su aprobación «probablemente podremos evitar algún accidente y algunas lesiones».
Navarro llegó a afirmar: «Pedimos, imploramos, por favor, que lo lleven a votación, que lo voten ya y que aprueben la medida». También señaló que esta modificación ha puesto «de acuerdo» al Ayuntamiento de Barcelona, el de Madrid, la Federación Española de Municipios y Provincias, asociaciones de víctimas y entidades de seguridad vial. De ahí que consideren que se trata de un paso clave que «cierra el círculo de la política de alcohol y conducción».
La gran novedad es que todos los conductores pasarán a tener el mismo límite, incluidos los noveles y los profesionales. Para estos últimos, la tasa actual se sitúa en 0,3 gramos por litro de sangre, pero con la reforma el máximo será de 0,2 gramos por litro para todos.
En aire espirado también habrá cambios importantes. El límite se rebajará y pasará a ser de 0,1 miligramos por litro para todos los conductores. Esto quiere decir que cualquier positivo a partir de ese valor tendrá consecuencias económicas y, en muchos casos, también sobre el carné de conducir.
Multas económicas y pérdida de puntos
Junto con los límites, se modifican las sanciones económicas asociadas a cada nivel de alcohol. La infracción grave, sancionada con 200 euros, se aplicará con valores más bajos tanto en aire espirado como en sangre. A continuación se resumen las cuantías de las multas previstas según el nivel de alcohol detectado:
| Tipo de medición | Nivel de alcohol propuesto | Sanción económica aproximada |
|---|---|---|
| Aire espirado | Entre 0,1 y 0,25 mg/l | 200 euros, reducibles a la mitad con pronto pago |
| Aire espirado | Entre 0,26 y 0,50 mg/l | 500 euros con pronto pago |
| Aire espirado | Superior a 0,51 mg/l | 1.000 euros |
| Sangre | Entre 0,20 y 0,5 g/l | 200 euros (infracción grave) |
| Sangre | Entre 0,51 g/l y hasta 1 g/l | 500 euros |
| Sangre | A partir de 1,01 g/l | 1.000 euros |
En el caso del alcohol en sangre, se recalcan especialmente los tramos: de 0,20 g/l a 0,5 g/l, con sanción de 200 euros; de 0,51 g/l a 1 g/l, con 500 euros; y por encima de 1,01 g/l, con una multa de 1.000 euros. Entra en nuestra sección de motor para conocer todas las novedades de la DGT.








