La Comunidad de Madrid refuerza las normas sobre recolección en el campo y alerta sobre los riesgos domésticos típicos de la Navidad.
La Navidad tira de tradición y de improvisación: un paseo por el campo, dos piñas bonitas y un toque de musgo para el belén. Suena bien, pero en la Comunidad de Madrid hay reglas claras sobre qué se puede coger y qué no. La administración autonómica ha recordado, a través de los Agentes Forestales, que hay especies protegidas y prácticas que están prohibidas. También aclara qué restos sí se pueden recoger del suelo para uso doméstico. Además, hay pautas específicas para la leña de chimenea, el estacionamiento del coche y la limpieza del entorno. Y en casa, Bomberos y ASEM112 recomiendan extremar la precaución con luces, velas, pirotecnia y baterías de iones de litio.
¿Qué especies están protegidas y qué sí puedes recoger en el campo madrileño?
La Comunidad de Madrid prohíbe la recolección, corta y poda de acebo, tejo y alcornoque por su escasez en la región. También está prohibido arrancar musgo por su lento crecimiento y porque actúa como especie colonizadora (es decir, ayuda a que otras especies se asienten en el entorno). En cambio, sí se permite retirar del suelo, y para uso doméstico, las partes caídas de estas especies, además de piñas, pinocha (hojas secas de pino), semillas, frutos o pequeñas piedras. Si quieres musgo, deberá comprarse en viveros o establecimientos autorizados (puntos de venta legales de plantas).
A continuación tienes un resumen de lo permitido y lo prohibido, tal y como lo ha recordado la Comunidad de Madrid:
| Elemento | ¿Qué dice la norma recordada? | Condiciones concretas |
|---|---|---|
| Acebo | Prohibida la recolección, corta y poda | Solo partes caídas en el suelo y para uso doméstico |
| Tejo | Prohibida la recolección, corta y poda | Solo partes caídas en el suelo y para uso doméstico |
| Alcornoque | Prohibida la recolección, corta y poda | Solo partes caídas en el suelo y para uso doméstico |
| Musgo | Prohibido arrancarlo por su lento crecimiento y función colonizadora | Adquisición en viveros o establecimientos autorizados |
| Piñas, pinocha, semillas, frutos y pequeñas piedras | Permitido recoger si están en el suelo | Uso doméstico |
Lo que está en el suelo y es para uso doméstico, adelante; lo que implica cortar, podar o arrancar especies escasas o el musgo, está fuera de juego.
¿Cómo recoger leña y piñas para la chimenea sin problemas?
Si el terreno es privado, para extraer leñas, maderas y piñas necesitas permiso del titular. En montes públicos (terrenos de propiedad pública), se permite recoger las que estén en el suelo, salvo que el ayuntamiento del término municipal tenga una regulación específica que diga otra cosa. Además, con la autorización de los agentes forestales, se pueden cortar pinos secos en determinadas localidades. Y una pauta básica que no falla: no dejes residuos y aparca el coche solo en los lugares habilitados, para no bloquear accesos de emergencias. Antes de salir al campo o encender la chimenea, estos pasos te ahorran sustos:
- Pide permiso al titular si el terreno es privado.
- En montes públicos, recoge únicamente lo que esté en el suelo, salvo regulación municipal específica.
- Consulta a los Agentes Forestales si necesitas autorización para cortar pinos secos en tu localidad.
- No arranques musgo; cómpralo en viveros o establecimientos autorizados.
- Prioriza leña de encina, roble y fresno para la chimenea; evita el pino porque su resina genera mucho hollín y aumenta el riesgo de incendio.
- No dejes ningún residuo y estaciona solo en áreas habilitadas para no obstaculizar emergencias.
¿Y qué leña conviene? Los profesionales recomiendan encina, roble y fresno; desaconsejan el pino porque su resina produce mucho hollín y eleva el riesgo de incendio. Es la diferencia entre un fuego que calienta la casa y otro que ensucia, huele y complica el día. Entra en nuestra sección de actualidad, para conocer otras noticias útiles.








