La Comunidad de Madrid prepara un cambio en los avales para comprar vivienda: familias con hijos y sin límite de edad

Fecha de publicación: 11 de abril de 2026 a las 16:47
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Aval para comprar vivienda en la Comunidad de Madrid para familias con hijos sin límite de edad

La Comunidad de Madrid tiene ya en tramitación una nueva orden para reformar el programa Mi Primera Vivienda. El texto amplía la edad general de acceso hasta los 50 años y permitirá que las familias con hijos menores a cargo puedan pedir el aval público sin tope de edad.

La novedad no está todavía en vigor, pero sí aparece de forma expresa en el proyecto normativo publicado el 31 de marzo de 2026 en el Portal de Transparencia regional. La reforma busca ampliar el acceso al programa y ajustar sus condiciones a la realidad actual del mercado inmobiliario madrileño.

El cambio en Mi Primera Vivienda que abre la puerta a más familias con hijos

Mi Primera Vivienda es el programa con el que la Comunidad de Madrid respalda hipotecas por encima del 80% del valor del inmueble para compradores solventes que no tienen suficiente ahorro para la entrada. Con la regulación actual, pueden acceder los menores de 41 años, las familias numerosas y monoparentales sin límite de edad y quienes hayan tenido o adoptado un hijo en el año de la convocatoria; además, la vivienda debe estar en la región y no superar los 390.000 euros, sin contar gastos e impuestos.

El borrador da un paso más. La edad general subiría hasta los 50 años y se incluiría también a cualquier familia con hijos menores de edad a su cargo, sin importar la edad de los solicitantes. A eso se suma una flexibilización del acceso para quienes acrediten su vinculación laboral con Madrid, ya sea por residencia o por la localización de su centro de trabajo o actividad profesional en la comunidad durante los dos años anteriores a la solicitud.

Qué pasa con la edad, los avales hipotecarios y los nuevos porcentajes previstos

La futura orden fija una escala progresiva en la financiación. El aval podría cubrir hasta el 100% del valor del inmueble para los menores de 40 años y para las familias con hijos menores a cargo, además de familias numerosas, monoparentales y supuestos de nacimiento o adopción. Para quienes tengan hasta 45 años, el tope sería del 95%, y para solicitantes de hasta 50 años, del 90%.

Este es uno de los puntos con más impacto porque reduce el ahorro previo que suele exigir el banco al formalizar una compraventa. El propio programa nace para cubrir esa barrera: hogares con ingresos estables que pueden asumir una cuota hipotecaria, pero no reunir con rapidez el dinero necesario para la entrada.

Cuándo entrará en vigor la reforma y qué deben mirar antes de pedir la hipoteca

Por ahora, la norma sigue en tramitación. Eso significa que, hasta su aprobación definitiva, continúan vigentes las condiciones actuales del programa, con un límite general de 40 años y la exigencia de residencia legal continuada en la Comunidad de Madrid durante los dos años anteriores a la solicitud, salvo los supuestos ya exceptuados.

Si el nuevo texto sale adelante, también cambiarán las obligaciones sobre el uso del inmueble. El borrador establece que la vivienda deberá destinarse a residencia habitual y permanente durante al menos cinco años y que no podrá venderse en ese periodo sin autorización expresa de la Comunidad de Madrid. Si quieres conocer más noticias inmobiliarias, accede a nuestra sección de actualidad.

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Carlos Moya Pérez

Licenciado en Sociología, con amplia experiencia en redacción de contenidos. Especializado en noticias de actualidad, siendo la cultura mi principal foco de escritura. También me gusta escribir sobre estilo de vida donde hablo sobre nuevos productos de empresas como Mercadona, Lidl o Decathlon entre otras.

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