Desde el pasado 1 de noviembre de 2024, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) implementó modificaciones en los criterios de acceso al subsidio destinado a personas desempleadas mayores de 52 años y que podrás ver reflejadas en este 2025. Estas reformas buscan adaptar las prestaciones a las realidades actuales del mercado laboral y por ende, garantizar una protección más eficaz para este colectivo. Aunque es un tema muy hablado en periódicos digitales, muchas personas siguen desconociendo los requisitos necesarios para poder acceder a este subsidio por desempleo.
¿Cuáles son las principales modificaciones en los requisitos de acceso a la ayuda para mayores de 52 años en 2025?
Las actualizaciones en los criterios de elegibilidad para el subsidio para mayores de 52 años mantienen la edad mínima en los 52 años o más en la fecha de solicitud. Es necesario estar en desempleo total o trabajando a tiempo parcial. Se debe estar inscrito y mantener la inscripción durante todo el período de percepción del subsidio, y se requerirá haber cotizado por desempleo al menos 6 años a lo largo de la vida laboral.
Es imprescindible cumplir con los requisitos para acceder a una pensión contributiva de jubilación, excepto la edad, lo que implica haber cotizado al menos 15 años, de los cuales dos deben estar comprendidos dentro de los últimos quince años. Los ingresos mensuales no deben superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluyendo las pagas extraordinarias. En 2025, esta cantidad está fijada en 888 euros al mes.
Además, para acceder a este subsidio, es fundamental haber agotado la prestación contributiva por desempleo después del 1 de noviembre de 2024 o acreditar una situación legal de desempleo a partir de esa fecha, siempre que se hayan cotizado más de 90 días. Con estos cambios se aseguran ofrecer una protección más adecuada a las personas desempleadas mayores de 52 años en este 2025, asegurando que quienes accedan al subsidio cumplan con una trayectoria laboral que les permita, en el futuro, acceder a una pensión contributiva de jubilación.
¿Qué otras ayudas tienen disponibles?
Obviando el subsidio que aquí hemos detallado, los mayores de 52 años desempleados pueden aspirar a otras ayudas en función de su situación personal y económica:
- Renta Activa de Inserción (RAI): destinada a personas que hayan estado mucho tiempo desempleadas, tengan cargas familiares y no superen unos umbrales mínimos de renta.
- Ingreso Mínimo Vital (IMV): protege a personas en situación de vulnerabilidad, si cumplen unos requisitos de renta.
- Prestación contributiva por desempleo: si un trabajador pierde su empleo y ha cotizado un mínimo de 360 días, puede cobrar esta prestación.
- Subsidio para víctimas de violencia de género y/o violencia sexual.
- Subsidio por agotamiento de la prestación contributiva por desempleo.
Esta y otras muchas ayudas estatales y locales, están explicadas en nuestra sección de prestaciones. Nuestro equipo de redacción publica lo más importante para los madrileños, los 365 días del año.