El Boletín Oficial del Estado (BOE) detalla que la Agencia Tributaria dejará sin efecto aquellas deudas que sean inferiores a tres euros. Esta medida, vigente desde junio de 2022, busca evitar procedimientos de recaudación que resultan más costosos que el propio importe adeudado. Pero ¿sabías que existen otros límites para proteger tus ingresos? Entre ellos, destaca la prohibición de embargar cuantías por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), lo que respalda tanto a trabajadores como a pensionistas.
Razones legales y económicas por las que Hacienda decide perdonar deudas inferiores a tres euros
Según recoge una resolución conjunta de la Intervención General de la Administración del Estado y la Dirección General de la AEAT, cualquier deuda por debajo de los tres euros se considera insuficiente para cubrir los gastos de gestión. En otras palabras, no compensa dedicar recursos a un cobro que, de por sí, no llega a costear el proceso administrativo. ¿Te interesa saber más? Este planteamiento no solo supone un alivio para muchos contribuyentes, sino que también evidencia un enfoque práctico de la administración pública, que redirige esfuerzos a deudas de mayor envergadura.
El límite de embargabilidad que protege el salario mínimo de todos los trabajadores en España
El artículo 27.2 del Estatuto de los Trabajadores establece que nadie puede recibir menos del SMI mensual tras un embargo. Si una persona genera deudas con Hacienda, se le podrá descontar parte de su salario o pensión, pero siempre salvaguardando una cuantía básica.
Para 2024, el SMI se sitúa en 1.134 euros mensuales (en 14 pagas), por lo que Hacienda no puede embargar nada por debajo de esa cantidad. A partir de ese mínimo inembargable, se aplica un porcentaje escalonado al importe restante, tal y como marca la ley. A modo de orientación, se muestra esta tabla con la cuantía del SMI y el tratamiento de embargos:
Concepto | Detalle |
---|---|
SMI mensual (14 pagas) | 1.134 euros |
Límite de embargabilidad | No se embarga nada por debajo de este importe |
Aplicación a salarios/pensiones | Incluye nóminas y prestaciones equiparables |
Este umbral protege tanto a trabajadores en activo como a pensionistas, evitando así que se vean abocados a una situación de necesidad extrema.
Métodos presenciales y online para comprobar si se tiene alguna deuda pendiente con Hacienda
¿Quién no ha dudado alguna vez si está totalmente al día con sus obligaciones fiscales? Existen dos vías para salir de dudas:
- Consulta presencial: se puede acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria con cita previa. Allí, el personal informará al instante sobre cualquier deuda existente.
- Revisión online: desde la Sede Electrónica de la AEAT, basta con acceder a la sección “Consultar deudas”. Con DNI electrónico o certificado digital, se muestra de inmediato si hay algún importe pendiente.
Pasos finales para regularizar situaciones y evitar embargos de salarios o pensiones
En caso de tener una deuda, Hacienda facilita un método de pago en su portal. Tras abonarla, se expide un justificante que acredita estar al corriente de las obligaciones. De esta manera, se evitan posibles sanciones o recargos adicionales en el futuro. Es aconsejable, además, revisar periódicamente el estado fiscal para prevenir sorpresas desagradables. Si se percibe el riesgo de no poder afrontar un pago, se puede solicitar un fraccionamiento o aplazamiento de la deuda.
En definitiva, la Agencia Tributaria perdona los importes inferiores a tres euros y protege el SMI de embargos, lo que representa un alivio para muchos contribuyentes. Sin embargo, conviene no dejar cabos sueltos y revisar con frecuencia la situación tributaria. Asimismo, te recomendamos que estés al tanto de las últimas novedades relacionadas con trámites y gestiones. Para ello, visita nuestra plataforma web para estar informado sobre la actualidad socioeconómica en España.