La Agencia Tributaria ha anunciado una novedad importante para este año: la campaña de la Renta y Patrimonio 2025 se adelantará. Esta decisión, que afecta a millones de contribuyentes en todo el país, ha puesto sobre aviso a los ciudadanos y ha obligado a muchos a reorganizar sus finanzas con antelación. Por todos es sabido los graves inconvenientes que nos pueden sobrevenir por no formalizar nuestra situación fiscal con tiempo. En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber sobre este cambio y las novedades más importantes que están por venir.
¿Cuándo se inicia la campaña de la Renta en 2025?
La decisión de adelantar la campaña de la Renta por parte de la Agencia Tributaria puede deberse a la necesidad de agilizar los procesos administrativos, mejorar la eficiencia del sistema tributario o adaptarse a los nuevos retos planteados por la digitalización. Además, se espera que este adelanto permita a los contribuyentes tener más tiempo para preparar su declaración y evitar así posibles errores o problemas de última hora.
A diferencia de años anteriores, la campaña de la Renta 2025 dará comiendo el día 2 de abril, un día antes que el pasado año. Hasta el 30 de junio se presentarán por Internet las declaraciones del 2024. Del 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2025, la Agencia Tributaria podrá confeccionar tu declaración de Renta 2024 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 27 de junio). Y del 2 de junio hasta el 30 de junio de 2025, podrás confeccionar la declaración presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio).
Para ser atendido por la Agencia Tributaria tanto por teléfono como presencialmente, es necesario concertar cita previa, por Internet o llamando a los siguientes números de teléfono. Teléfono automático: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o Servicio de cita para Renta: 91 553 00 71 / 901 22 33 44. En su sede electrónica podrás comprobar todos los pormenores de la campaña de este año.
¿Qué otras novedades ha instaurado la Agencia Tributaria?
Si hay una novedad que sobresale por encima del resto es que los parados beneficiarios de la prestación por desempleo tendrán que presentar la declaración de la renta a partir de 2025. Esto será independientemente de si cumplen o no con el importe mínimo establecido para hacerla. Otro cambio que ha informado la Agencia Tributaria y que ha resonado con fuerza es, la subida del importe de los segundos o más pagadores a partir del cual es obligatorio presentar la declaración de la renta y que se fija en 2.500 euros, frente a los 1.500 euros que estaban establecidos hasta ahora.
Si quieres estar al día con las noticias más importantes relativas a la campaña de la Renta, solo tienes que entrar en nuestra sección de actualidad. Cada día del año ojeamos lo más importante que sucede en nuestro país, en especial en la Comunidad Autónoma de Madrid.