La Dirección General de Tributos (DGT) aclara, en una consulta de 25 de junio, que en la custodia compartida solo uno de los progenitores puede presentar la declaración de la Renta de forma conjunta con los hijos. El otro debe hacerla individual. No obstante, permite alternarse por años: un ejercicio uno y al siguiente el otro. Si ambos eligen la conjunta el mismo año, la inspección regularizará la situación.
Custodia compartida y declaración conjunta de la Renta: alternancia anual permitida por Hacienda
¿Quién puede alternar? Cualquiera de los dos progenitores con custodia compartida, pero nunca a la vez en el mismo ejercicio. Dicho de forma sencilla: un año tú, otro año yo. Si en un mismo año los dos presentan conjunta con los hijos, Tributos advierte que Hacienda ajustará la declaración. Además, la conjunta con hijos conlleva una deducción de 3.400 euros si los padres están casados o de 2.150 euros en familias monoparentales. ¿Te compensa en tu caso? Dependerá de los ingresos de cada uno y de si se elige la opción correcta cada ejercicio. Estas son las claves principales:
- En custodia compartida, solo uno puede presentar conjunta con los hijos cada año.
- Se admite alternar la conjunta por años, pero no coincidir en el mismo ejercicio.
- Si coinciden los dos, la Agencia Tributaria regulariza la situación.
Conviene coordinarse: una mala elección puede traer ajustes posteriores. Tributos recuerda que el mínimo por descendiente sí puede aplicarse al 50% por cada progenitor. Estas son las cuantías y condiciones comunicadas:
Concepto | Importe | Condición principal |
---|---|---|
Primer descendiente | 2.400 € | Menor de 25 años y con ganancias < 8.000 € |
Segundo descendiente | 2.700 € | Menor de 25 años y con ganancias < 8.000 € |
Tercer descendiente | 4.000 € | Menor de 25 años y con ganancias < 8.000 € |
Cuarto o más descendientes | 4.500 € | Menor de 25 años y con ganancias < 8.000 € |
Menor de tres años | 2.800 € | Se aplica por ser menor de tres años |
Persona con discapacidad ≥ 33% | — | Sin límite de edad |
Como ves, el mínimo se puede repartir al 50% entre ambos progenitores en custodia compartida. ¿Y si el hijo presenta conjunta con el núcleo familiar y supera 1.800 euros de ganancias anuales? Entonces, solo podrá aplicarse esta deducción el padre o la madre con quien se presentó esa declaración conjunta.
Cómo afecta declarar con hijos a deducciones y regularizaciones de Hacienda en custodia compartida
Elegir conjunta con los hijos puede suponer una deducción de 3.400 euros si hay matrimonio o de 2.150 euros en caso de familia monoparental. Sin embargo, la DGT es clara: cada ejercicio, solo uno. Si los dos progenitores optan por la conjunta en el mismo año, la inspección de Hacienda regularizará. La planificación es clave para optimizar la tributación y evitar sorpresas.
En resumen: alternar sí, coincidir no. Y el mínimo por descendiente puede repartirse al 50%, con las cuantías y condiciones indicadas por Tributos. Por otro lado, si el menor integra una conjunta con el núcleo familiar y supera 1.800 euros de ganancias, el derecho a esa deducción queda para el progenitor con quien se presentó. Accede a nuestra sección de trámites para conocer otras gestiones tributarias.