El próximo 2 de abril comienza en España la campaña de la declaración de la renta y los contribuyentes podrán comenzar a descargarse sus borradores oficiales que ofrece la Agencia Tributaria para poder comprobar que los datos son correctos y así poder presentarla antes del 30 de junio que finaliza el plazo. La Agencia Tributaria se está encargando durante estas semanas de recordar a los ciudadanos las obligaciones fiscales a las que están sujetas, así como las deducciones que pueden aplicarse y sobre la documentación que deben de tener en cuenta antes de presentar la declaración de IRPF.
En concreto, ahora ha hecho un llamamiento a aquellos contribuyentes que durante 2024 hayan vendido alguna vivienda o su vivienda habitual. Estos tendrán que incluir en la declaración de la renta la ganancia patrimonial percibida por la venta de esta vivienda y tributar solo sobre la parte ganada. Aunque existen personas que podrán estar exentas de tributar por esta venta.
Personas exentas de tributar en el IRPF por venta de vivienda
Cuando se formaliza la compraventa de una vivienda, habrá que atender al pago de varios impuestos y tasas para estar al día con Hacienda. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un impuesto municipal aplicable a la propiedad de viviendas, locales y terrenos. Acorde a la legislación actual, al ser un pago anual, este se realizará de forma equitativa entre comprador y vendedor, según el tiempo que cada uno haya sido propietario.
La plusvalía municipal es otra de las tasas municipales que habrá que abonar cuando se obtiene una ganancia con la venta de una vivienda, si no, no será preceptivo. Y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en el que habrá que tributar por las ganancias patrimoniales obtenidas.
Sobre esta última tributación existen tres excepciones principalmente: las personas mayores de 65 años, aquellas que se encuentren en una situación de dependencia severa y quienes venden su vivienda habitual para reinvertir ese dinero en la compra de otra vivienda habitual en el plazo de dos años. Además, también estará exenta cuando exista una dación en pago, es decir, cuando la venta de la casa se utilice para saldar una deuda.
Condiciones para no tributar en el IRPF por la venta de una vivienda
La Agencia Tributaria establece una serie de condiciones y requisitos para que estas personas puedan estar exentas de la tributación por venta de vivienda. Para empezar, la vivienda tendrá que ser siempre vivienda habitual, es decir, aquella en la que resida normalmente el vendedor. En el caso de las personas mayores de 65 años o en situación de dependencia severa, la exención se aplicará cuando esta sea vivienda habitual y se transmita a cambio de un capital o a cambio de una renta temporal o vitalicia.
Para el caso de exención de tributación por la venta de una vivienda habitual tendrá que existir una reinversión del patrimonio obtenido en otra vivienda habitual en el plazo de dos años desde la venta. Esta exención no se realiza de forma automática, sino que se tendrá que manifestar la voluntad de acogerse a ella.
Para conocer sobre las gestiones que deberás de realizar antes de la declaración de la renta, visita nuestra sección de trámites en la que publicamos todas las novedades.