Juntas de vecinos por videollamada: la reforma que afectará a las comunidades propietarios ya está en marcha

Fecha de publicación: 20 de marzo de 2025 a las 17:30
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Las juntas de vecinos se podrán celebrar por videollamada.

Debido a los avances tecnológicos, todos los aspectos cotidianos se han ido adaptando y evolucionando conforme las tics lo hacían. Cambios en los entornos laborales, educativos y, por supuesto, también sociales. Ahora el pleno del Senado ha aprobado por unanimidad una propuesta que va a afectar a las comunidades de vecinos y a su regulación. Hasta ahora, las juntas de vecinos se tienen que realizar obligatoriamente de forma presencial. Sin embargo, la propuesta que ha aprobado la Cámara es el primer paso para establecer que estas reuniones vecinales se puedan celebrar de forma online o mixta, para aquellos vecinos que no puedan asistir. 

El Senado aprueba las juntas de vecinos telemáticas

El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE) mantuvo reuniones con el grupo parlamentario del Partido Popular en el Senado y como resultado de estas se llegó al acuerdo de la propuesta de modificar la Ley de Propiedad Horizontal para que las juntas de vecinos se puedan celebrar de forma online. Esta propuesta llegó al Senado y esta Cámara ya la ha aprobado, aunque todavía queda la aprobación también por parte del Congreso de los Diputados.

En concreto, el artículo que habría que modificar, o más bien incluir, es el 16 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, que se refiere a las juntas de vecinos, su regulación y formas de convocatoria de esta. En la modificación se incluiría la posibilidad de que las juntas de propietarios se puedan celebrar de varias formas, tanto presencialmente, como por videoconferencia como de forma mixta, para dar solución a aquellos vecinos que, por cualquier motivo no puedan acudir de forma presencial a estas reuniones.

Durante la pandemia del covid-19 hubo un tiempo de excepción en el que el Gobierno a través del Real Decreto Ley 8/2021, de 4 de mayo por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, en su artículo 3, estableció que las juntas de propietarios podían celebrarse de forma telemática siempre y cuando todos los vecinos dispusieran de los medios necesarios para ello y el secretario reconozca la identidad de los propietarios asistentes a la junta y se exprese así en el acta. Sin embargo, este precepto dejó de tener vigencia en 2022, por lo que dejó de tener efectos a nivel legal.

Las actas de las reuniones en formato electrónico

Otras de las propuestas que se incluyen en la reforma que ha aprobado el Senado, se refiere a los libros de actas que se han de redactar y enviar a todos los propietarios con los puntos y las disposiciones principales que se han tratado durante la junta. Ahora estas se podrán realizar en formato o soporte electrónico. Además, se amplía el plazo de 10 días naturales a 20 hábiles para que el secretario redacte estas actas y pueda enviarlas a los vecinos, que podrá hacerse tanto al domicilio como por correo electrónico.

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