La Seguridad Social endurece las condiciones para la jubilación anticipada: a partir de este año hará falta acreditar 38 años y tres meses de cotización si se quiere dejar el trabajo a los 63 y mantener la paga íntegra. Cuando el calendario laboral aprieta y la meta de los 65 sigue lejos, muchos se preguntan: ¿cómo dar el salto a los 63 sin perder ni un euro? La respuesta existe, pero trae letra pequeña. Solo quien sume al menos 38 años y tres meses cotizados podrá marcharse dos años antes con el 100 % de su base reguladora. Si no se alcanza ese umbral, habrá que esperar a los 64 años y ocho meses.
Qué exige la Seguridad Social para retirarse a los 63 años con el 100 % de la pensión
La Ley 8/2015 fija que la jubilación anticipada voluntaria únicamente será compatible con el cobro íntegro cuando el trabajador tenga derecho a jubilarse de forma ordinaria a los 65 años y, además, demuestre ese mínimo de 38 años y tres meses de cotización. De lo contrario, deberá alargar su carrera hasta los 64 años y ocho meses para solicitar la prestación sin recortes.
Adelantar la retirada conlleva siempre penalizaciones. Los coeficientes reductores (aplicados mes a mes hasta un máximo de 24) rebajan la base reguladora si falta tiempo para la edad legal. Por tanto, incluso con los años cotizados exigidos, solo se libra del hachazo quien respete las nuevas reglas de este año. ¡Ojo con los cálculos!
Tabla comparativa de edad y años cotizados necesarios para cada modalidad anticipada
A continuación se resume de forma visual cuándo puede pedirse la jubilación anticipada y qué periodo de cotización se exige:
Modalidad | Edad mínima en 2025 | Años cotizados imprescindibles |
---|---|---|
Anticipada voluntaria (100 %) | 63 años | 38 años y 3 meses |
Anticipada voluntaria (si falta cotización) | 64 años y 8 meses | Menos de 38 años y 3 meses |
Anticipada forzosa | 61 años | 38 años y 3 meses |
Anticipada forzosa (con menos cotización) | 62 años y 8 meses | Periodo inferior |
Como ves, la combinación entre edad y cotización marca la diferencia. ¿Te sitúas ya en la casilla correcta?
Profesiones con derecho a retirarse antes y sin tanto recorte en la pensión
Existen colectivos que, por la dureza o peligrosidad de sus tareas, disfrutan de coeficientes reductores especiales. Estos son los que podrán jubilarse incluso desde los 52 años:
- Trabajadores del Estatuto Minero, del Mar y ferroviarios
- Profesionales taurinos (matadores, rejoneadores, picadores y toreros cómicos)
- Artistas y personal de vuelo
- Cuerpo de la Ertzaintza, bomberos de las administraciones públicas y policías locales
Si perteneces a alguno de estos grupos, tu calendario de retirada juega con ventaja.
Requisitos generales que nunca debes olvidar para asegurar el 100%
Más allá de la edad y la cotización, la Seguridad Social impone tres condiciones básicas: estar dado de alta o en situación asimilada, carecer de deudas con el sistema y acreditar, al menos, 36 años y medio de cotización para alcanzar la base máxima. Con 15 años (dos dentro de los últimos quince) se garantiza el 50 %, pero la meta es clara: cuanto mayor sea tu vida laboral, mayor será tu pensión.
En definitiva, la reforma profundiza en la idea de retrasar las salidas prematuras y premiar las carreras largas. Por consiguiente, planificar con antelación resulta imprescindible para no llevarse sorpresas cuando llegue el momento de decir adiós a la oficina.