Tema sensible el de echar horas extra, y más en estos tiempos con la reducción de jornada, que todo hace pensar que bajará otro poco más. Estamos en un país, en el que, desgraciadamente, hay un porcentaje alto de trabajo no remunerado. No vamos a meter en el mismo saco a todos los empresarios, lógicamente, pero negar este punto es querer obviar la realidad. Es importante tener claro, que por ley, estas se tienen que pagar, por lo que quien se encuentre en una situación en la que no te concedan ni un euro por tu trabajo, debería presentar una demanda judicial ante el Juzgado de lo Social. Vamos a aclarar en que casos sí será obligatorio trabajar horas extra.
¿Son obligatorias las horas extra?
Antes de entrar en materia, miraremos lo que dice el Estatuto de los Trabajadores, para comprender mejor la temática. En su artículo 35 relata lo siguiente: “La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, salvo que su realización se haya pactado en convenio colectivo o contrato individual de trabajo, dentro de los límites del apartado 2”. En resumidas cuentas, no es obligatorio trabajarlas, salvo en algunas excepciones que te exponemos a continuación:
- Si así lo establece un pacto individual o colectivo: en el caso de que «su realización se haya pactado en convenio colectivo o contrato individual de trabajo», dentro de los límites que marca el Estatuto.
- Las «exigidas por la necesidad de prevenir o reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes, como el riesgo de pérdida de materias primas», explica el Ministerio de Trabajo.
Respecto al límite de horas que un trabajador puede “echar”, está fijado en 80. Estas, como hemos dicho al principio, deben ser remuneradas económicamente y nunca puede tener menos valor que las horas ordinarias, es más, como norma, suelen ser superiores. Hay otros casos en los que se opta por compensar este trabajo con descansos. En este caso, y como recoge el estatuto de los Trabajadores, obligatoriamente tendrá que disfrutarse dentro de los 4 meses siguientes a la realización de las horas extraordinarias.
¿Cuánto tienen que pagarte por estas «jornadas»?
Legalmente hablando, como hemos mencionado anteriormente, no puede ser inferior el valor de la hora extra al de la ordinaria. Las empresas podrían pagarla con el mismo coste, pero la realidad es que como norma, estas se encuentran en un 75% más. Multiplicando el valor de una normal por 1,75 hallaremos la solución. Para que nos quede meridianamente claro, un sueldo promedio, que está en torno a los 1.500 euros mensuales, la hora la está cobrando a 6,25. Al multiplicar por la cantidad que hemos dicho se nos transforma en 11 euros. Recuerda que esto es una media, lo habitual, pero no tienen por qué pagarte esta cantidad.
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