Con la campaña de la Renta 2024-2025 en marcha, muchos contribuyentes se preguntan si los gastos relacionados con sus mascotas, como perros o gatos, pueden ser deducibles. La entrada en vigor de la Ley de Bienestar Animal en septiembre de 2023 ha creado confusión sobre posibles beneficios fiscales para los propietarios de animales de compañía. Sin embargo, la normativa actual establece que, en general, estos gastos no son deducibles en la declaración de la renta. Las excepciones se aplican principalmente a trabajadores autónomos cuya actividad económica esté directamente relacionada con el uso de animales. A continuación, se detallan las condiciones y limitaciones vigentes.
¿Qué dice Hacienda sobre los gastos de perros y gatos?
Según la Agencia Tributaria, los gastos derivados del cuidado de mascotas, como seguros obligatorios o servicios veterinarios, no son deducibles en la declaración de la renta para la mayoría de los contribuyentes. Esto incluye tanto a trabajadores por cuenta ajena como a autónomos que no utilicen animales en su actividad profesional. La Ley de Bienestar Animal establece la obligatoriedad de contratar un seguro de responsabilidad civil para perros, pero este gasto tampoco es deducible fiscalmente. Asimismo, los gastos veterinarios, alimentación y otros relacionados con el bienestar del animal no se contemplan como deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
¿Qué excepciones hay para los autónomos?
Los trabajadores autónomos que utilicen animales en su actividad económica, como ganaderos, agricultores o empresas de seguridad con perros guardianes, pueden deducir los gastos asociados al cuidado de estos animales. Para ello, deben cumplir con ciertos requisitos:
- Contar con facturas y recibos que respalden los gastos.
- Registrar adecuadamente estos gastos en la contabilidad del negocio.
En cuanto a posibles cambios futuros, algunas comunidades autónomas han propuesto deducciones por gastos veterinarios en el tramo autonómico del IRPF. Sin embargo, hasta la fecha, ninguna ha implementado estas medidas de manera generalizada. Por ello, recomendamos a los contribuyentes estar atentos a futuras modificaciones en la legislación fiscal.
Para poner el cierre al artículo, podemos resumir que, salvo en casos específicos de autónomos, los gastos relacionados con mascotas no son deducibles en la declaración de la renta, según nos dice Hacienda. Mantente informado y consulta en nuestra sección de trámites para no perderte ningún futuro cambio. Nuestro equipo de redacción publica lo más notorio que sucede en la Comunidad de Madrid durante los 365 días del año.