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Inicio » Trámites » Hacienda inmovilizará cuentas y tarjetas a todos los contribuyentes que estén en esta lista

Hacienda inmovilizará cuentas y tarjetas a todos los contribuyentes que estén en esta lista

La Agencia Tributaria bloqueará cuentas y tarjetas de grandes morosos y reincidentes para asegurar el cobro de deudas fiscales pendientes.

Por Madridinforma
28 de agosto de 2025 a las 11:14
en Trámites
Tiempo de lectura: 3 minutos
Tarjeta de crédito bloqueada por Hacienda a contribuyentes en lista de morosos.

Hacienda inmovilizará cuentas y tarjetas a grandes deudores incluidos en su lista de morosos.

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La Agencia Tributaria endurece su control sobre grandes morosos y contribuyentes reincidentes: inmovilizará temporalmente cuentas y tarjetas de quienes figuren en registros críticos de vigilancia fiscal. La medida, enmarcada en un plan de control y seguimiento tributario, no afectará a la ciudadanía en general, sino a personas y empresas con perfiles de alto riesgo o previamente advertidos. El objetivo es reforzar la lucha contra el fraude y asegurar el cobro de deudas pendientes.

Quiénes están en la lista de Hacienda

La lista de la Agencia Tributaria integra a contribuyentes con deudas en firme superiores a 600.000 euros que no hayan sido abonadas ni fraccionadas. Este listado se publica anualmente e incluye tanto personas físicas como jurídicas. Además, la reincidencia en el incumplimiento pesa. Aunque la deuda sea inferior, quienes acumulen múltiples requerimientos ignorados pueden pasar a una categoría especial de vigilancia, con un mayor seguimiento por parte de la Administración.

Con respaldo del artículo 162 de la Ley General Tributaria, Hacienda puede solicitar a las entidades financieras la inmovilización temporal de las cuentas corrientes y de las tarjetas asociadas del contribuyente afectado. No es un embargo automático: la paralización preventiva busca impedir que se disponga de fondos antes de que se ejecute el procedimiento formal ante la deuda. La suspensión implica:

  • Bloqueo de movimientos bancarios (retiradas, transferencias y pagos).
  • Inutilización de tarjetas de crédito y débito.
  • Acceso restringido a otros productos financieros vinculados al contribuyente.

Quienes reciban esta notificación pueden actuar en tres vías: pagar la deuda, total o parcialmente, para desbloquear la situación; solicitar un aplazamiento o fraccionamiento si cumplen los requisitos; o presentar alegaciones cuando consideren que su inclusión es errónea o exista un litigio pendiente. El proceso es rápido y automatizado. Por este motivo, conviene reaccionar de inmediato para evitar consecuencias más gravosas, como embargos definitivos o la apertura de procesos judiciales.

Cómo saber si estás en la lista de grandes deudores de la Agencia Tributaria

La Agencia Tributaria publica cada año el listado de grandes morosos en su web oficial. Los afectados, además, reciben una notificación previa, ya sea por correo certificado o a través del buzón de su sede electrónica, informando de su inclusión y de las posibles consecuencias. Es recomendable revisar periódicamente la situación fiscal en Renta WEB o en el portal de Deudas y Pagos, donde aparece si hay expedientes abiertos o reclamaciones pendientes.

En este sentido, la medida forma parte de una nueva estrategia centrada en la disuasión y el cobro efectivo, especialmente tras la aprobación de normativas que endurecen las sanciones por ocultación de patrimonio, falsedad documental o el uso de entramados societarios para eludir impuestos. Conoce otras gestiones administrativas accediendo a nuestra sección de trámites.

Etiqueta HaciendaTrámites

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