La Agencia Tributaria comenzará a enviar notificaciones por discrepancias en la Renta presentada este año tras el parón veraniego. Los técnicos señalan a determinados perfiles de autónomos y a las causas más habituales; los avisos se concentrarán entre septiembre y diciembre y, en expedientes complejos, podrían alargarse hasta 2026.
La campaña terminó el 30 de junio, pero las comprobaciones llegan después: primero se priorizan devoluciones sin diferencias y, a partir de septiembre, arrancan los requerimientos para justificar o subsanar errores.
Quiénes pueden recibir requerimientos de Hacienda por discrepancias en la Renta, especialmente autónomos
Tras los cruces iniciales de julio y la pausa de agosto, es frecuente que se notifique a quienes presentan diferencias entre lo declarado y lo que conoce Hacienda. ¿Te reconoces en alguno de estos casos? Cuidado, porque aquí se concentran muchos sustos: facturas emitidas que no constan, rentas de plataformas digitales o cobros detectados por la banca (TPV o PayPal) que no figuran, y deducciones íntegras en vehículo, teléfono o internet pese a uso mixto. También pesan ayudas percibidas en 2024 no incorporadas o reducciones mal aplicadas, como la de inicio de actividad.
- Ingresos omitidos o recogidos solo en parte.
- Gastos deducidos sin vínculo directo con la actividad.
- Descuadres frente a los modelos 130, 131 y 303.
- Ayudas, subvenciones o prestaciones no incorporadas.
- Reducciones o beneficios fiscales mal aplicados.
- Desajustes patrimoniales y signos externos que no encajan.
Que muchas comunicaciones arranquen en septiembre tiene una explicación sencilla: antes se filtran devoluciones sin discrepancias. Por tanto, lo habitual es que los expedientes con diferencias se activen tras el verano, una vez procesadas las devoluciones más sencillas.
Documentación y pasos recomendados para justificar o subsanar posibles errores
El requerimiento busca que acredites lo declarado o corrijas lo que falte. ¿Qué conviene preparar ya? En ingresos, reúne facturas emitidas, extractos bancarios y justificantes de cobros por TPV o plataformas. En gastos, ten listas las facturas y pruebas de vinculación con la actividad (vehículo, teléfono o internet cuando proceda). Para descuadres, contrasta la Renta con los modelos 130, 131, 303 y el 390.
Si el aviso se refiere a ayudas o prestaciones, revisa las percibidas en 2024 y comprueba si las incorporaste. En reducciones, valida plazos (como la de inicio de actividad) y el cálculo del 5% en estimación directa simplificada. Ante signos externos de riqueza que no casan con tus números, documenta el origen de los fondos para evitar malentendidos.
El propio requerimiento detalla qué aportar y cómo. Responde en el plazo indicado, ordena la documentación y, si detectas un error, subsánalo cuanto antes: una aclaración rápida puede evitar una regularización mayor. De hecho, cruzar tus libros con los modelos informativos de clientes y proveedores puede ahorrarte más de un disgusto. Conoce todo tipo de gestiones que tengan que ver con la Agencia Tributaria accediendo a nuestra sección de trámites.