El próximo 30 de junio se cerrará el periodo para presentar la Declaración de la Renta 2024/25, y la Agencia Tributaria ya ha puesto en marcha un control adicional para detectar posibles fallos en los borradores. Cerca de 41.000 contribuyentes recibirán en estos días una carta de Hacienda, donde se les insta a revisar y corregir datos fiscales antes de que venza el plazo. ¿Crees que podrías estar entre ellos?
Esta misiva pretende que, aun habiendo confirmado la declaración, los ciudadanos comprueben si han declarado correctamente sus ingresos y deducciones. De lo contrario, podrían arriesgarse a sanciones económicas o perder dinero que legítimamente les correspondería. En definitiva, Hacienda quiere atajar errores y dejar bien atados los números del ejercicio anterior.
Cómo afecta la carta de Hacienda a la declaración de la Renta y sus plazos clave
La Agencia Tributaria enviará esta notificación a quienes, según sus registros, hayan cometido algún fallo en la Declaración de la Renta. Por consiguiente, si recibes esta comunicación, dispondrás hasta el 30 de junio para subsanar la información. De ahí que sea recomendable revisar cada apartado con detenimiento. Además, se recomienda entrar en la plataforma Renta WEB para verificar que los datos que se consignaron coinciden con los datos fiscales que maneja el Fisco.
Ojo con los plazos: pasado el 30 de junio, cualquier modificación tardía podría acarrear intereses de demora o incluso sanciones. Antes de lanzarte a modificar la declaración, conviene saber con exactitud el tipo de rectificación que necesitas presentar. En la mayoría de casos, el procedimiento puede completarse tanto de forma telemática como presencial, solicitando cita previa en una oficina de la Agencia Tributaria.
Posibles escenarios de rectificación y medidas para evitar sanciones fiscales con la Agencia Tributaria
Existen dos situaciones diferenciadas cuando se detectan errores en la Declaración de la Renta:
- Escenario favorable al contribuyente:
- Si el fallo te perjudica, porque la cantidad a devolver debería ser mayor o menor, podrás solicitar la rectificación de autoliquidación.
- Se tramita en Renta WEB, apartado “Modificar declaración presentada”.
- Es habitual cuando has olvidado alguna deducción que te correspondía, o bien has declarado de más.
- Escenario desfavorable al contribuyente:
- Si el error perjudica a Hacienda, presentas una declaración complementaria.
- También se solicita en Renta WEB, seleccionando “Modificar declaración presentada”.
- Suele ocurrir cuando has omitido ingresos o no has aplicado correctamente alguna retención.
Para aclarar las diferencias principales, esta tabla puede ayudarte:
Tipo de modificación | ¿Cuándo se aplica? | Cómo se presenta |
---|---|---|
Rectificación de la Renta | Cuando el error beneficia a Hacienda y perjudica al contribuyente. | Desde Renta WEB, en “Modificar declaración presentada”. |
Declaración complementaria | Cuando el error perjudica a la Hacienda y beneficia al contribuyente. | Desde Renta WEB, en “Modificar declaración presentada”. |
Pasos para tramitar la modificación de forma telemática
Es fundamental que antes de elegir entre una u otra modalidad, compruebes cuál es tu caso, revisando cuidadosamente todos los datos introducidos en la declaración original:
- Acceder al portal Renta WEB con tu certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
- Seleccionar la declaración ya presentada y pulsar en “Modificar declaración presentada”.
- Escoger el tipo de modificación (rectificación o complementaria).
- Revisar los apartados que deseas cambiar y aportar los datos correctos.
- Confirmar y presentar la nueva declaración.
Si has recibido la carta de Hacienda, no lo dejes para el último momento. Comprueba los posibles errores, elige la vía de rectificación que corresponda y realiza las gestiones con antelación. Esto te permitirá evitar recargos o sanciones, e incluso conseguir un importe a devolver más elevado si te corresponde. Para mayor seguridad, es aconsejable consultar a un profesional o acudir directamente a la Agencia Tributaria. Aún queda tiempo hasta el 30 de junio, pero conviene tener todo listo cuanto antes.
También, puedes estar al tanto de otras noticias sobre la declaración de IRPF, consultando la información que te ofrecemos en la sección de trámites de nuestro periódico digital.