Las cotizaciones realizadas fuera de España pueden servir para cumplir los 15 años exigidos para poder solicitar el subsidio, aunque el reconocimiento depende del país y del convenio aplicable.
El subsidio para mayores de 52 años exige cumplir varios requisitos y uno clave es acreditar quince años cotizados. Por eso, si has trabajado fuera, surge la duda: ¿cuentan esos años? Las cotizaciones del extranjero pueden servir para llegar a los 15 años exigidos, pero el reconocimiento depende del país y del acuerdo con España.
Requisitos para cobrar el subsidio de mayores de 52 tras trabajar fuera de España
El SEPE exige 15 años cotizados (con 2 dentro de los últimos 15) y, además, haber cotizado en España por desempleo al menos 6 años. El total puede apoyarse en periodos del extranjero, pero el requisito de desempleo se vincula a cotizaciones en España. Antes de solicitarlo, revisa estos puntos:
- 15 años cotizados en total (sumando lo que corresponda dentro y fuera).
- 2 años dentro de los últimos 15.
- 6 años cotizados en España por desempleo.
- País donde trabajaste y si existe acuerdo aplicable.
La Seguridad Social cuenta con mecanismos para reconocer y sumar periodos cotizados fuera, pero solo en determinados supuestos.
Los periodos trabajados en países de la UE, del Espacio Económico Europeo (EEE) y Suiza se tienen en cuenta gracias a la coordinación entre servicios sociales españoles y europeos.
La información se intercambia de forma electrónica, así que el solicitante no tiene que entregar el documento PD U1. Eso sí, para evitar duplicidades, el organismo español puede reducir la duración de la prestación en España según los días en los que se hayan cobrado prestaciones similares en otro país comunitario.
Convenios bilaterales con países no europeos: qué implica para tus cotizaciones previas
También existen convenios bilaterales firmados por la Seguridad Social con países fuera de la UE. Permiten reconocer periodos cotizados, aunque cada acuerdo tiene particularidades. A continuación mostramos un cuadro que resume los escenarios más habituales:
| Dónde has cotizado | ¿Se pueden reconocer periodos? | Punto clave |
|---|---|---|
| UE, EEE y Suiza | Sí | Coordinación electrónica; puede ajustarse la duración si hubo prestaciones similares fuera |
| Países con convenio bilateral | Sí, con matices | Las condiciones cambian según el convenio |
| Otros países | Depende | No siempre existe un mecanismo aplicable |
Entre los países citados con convenios bilaterales están Reino Unido (con acuerdos tras el Brexit a través del Acuerdo de Comercio y Cooperación del 24 de diciembre de 2020), Australia, Andorra, China, Marruecos, Túnez, Argentina, Colombia, México, Uruguay, Estados Unidos, Canadá, Ucrania, Corea y Japón, entre otros.
Cuánto se cobra del subsidio, qué rentas se permiten y si puedes trabajar
La cuantía actual del subsidio es de 480 euros al mes, y se percibe hasta encontrar un empleo compatible con el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) o alcanzar la edad legal de jubilación.
Además, el SEPE cotiza durante el cobro del subsidio por un valor equivalente al 125% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), lo que influye en la base de cálculo de la futura pensión contributiva.
Desde la reforma de la Seguridad Social de 2024, este subsidio es compatible con un empleo por cuenta ajena durante un máximo de 180 días al año. Por tanto, si te sale una oportunidad, puedes complementar ingresos mientras sigues inscrito, siempre que se cumplan las condiciones. También hay un límite de rentas: 888 euros mensuales (el 75% del SMI). Conoce los pormenores de todas las ayudas de las que disponemos, accediendo a nuestra sección de prestaciones.








